Por: Redacción

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) entregar los documentos que den cuenta del cumplimiento de los objetivos, estrategias y líneas de acción del Programa Especial de Pueblos Indígenas 2014-2018.

Mediante la Plataforma Nacional de Transparencia, un particular solicitó, sobre dicho Programa, los documentos que aseguran su cumplimiento; el informe de los recursos destinados a cada dependencia o entidad; los criterios para asegurar que los recursos lleguen a la población indígena, y los resultados alcanzados por cada línea de acción.

En respuesta, la Comisión proporcionó diversa normatividad, asegurando que ésta atendía a cada uno de los requerimientos, situación que inconformó al particular, quien interpuso un recurso de revisión ante el INAI, al afirmar que no se daba cuenta del cumplimiento del Programa.

En alegatos, el sujeto obligado reiteró que el cumplimiento del Programa por parte de las dependencias y entidades competentes se establece en la normatividad entregada.

Al presentar el caso ante el Pleno, la comisionada Areli Cano Guadiana expuso que la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas fue creada en 2003, con el propósito de dirigir los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas, encaminadas a mejorar las condiciones en que se encuentran los pueblos indígenas y sus comunidades.

Explicó que entre sus funciones, la institución es responsable de elaborar e implementar el Programa Especial de los Pueblos Indígenas, que de acuerdo con la Ley General de Planeación, articula e instrumenta aspectos considerados prioritarios para el desarrollo integral del país y establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo.

Aseguró que en la presente administración, el gobierno federal, a través de dicho Programa, se propuso fomentar el bienestar de los pueblos y comunidades indígenas y fortalecer su proceso de desarrollo social y económico, para lo cual estableció como ejes de actuación seis objetivos, conformados por 22 estrategias y 73 líneas de acción, cuya implementación corresponde a la CDI y 27 dependencias y entidades de la Administración Pública.

En este contexto destacó la importancia del recurso de revisión, de cuyo análisis se determinó que la Coordinación General de Planeación y Evaluación de la Comisión es competente para atender la solicitud; no obstante, omitió proporcionar los documentos que dan cuenta del cumplimiento del programa especial.

Asimismo, al revisar su estatuto orgánico, se advirtió que la Oficina del Director General y la Coordinación General de Infraestructura, también son competentes para conocer la información, pero no les fue turnada la solicitud.

Se verificó que la Oficina del Director General se encarga de entregar a la Junta de Gobierno los informes de evaluación e impacto de las políticas públicas, programas y proyectos en materia indígena; en tanto, la Coordinación General de Infraestructura, establece y opera mecanismos de seguimiento y verificación de los programas, como las acciones de colaboración con las dependencias y entidades de la Administración Pública.

Por otro lado, se analizaron los documentos denominados Logros del Programa Especial de los Pueblos Indígenas, correspondientes a los años 2014 y 2015, de los cuales se desprende que las dependencias y entidades que intervienen en su cumplimiento remiten a la Comisión la información sobre la ejecución de los objetivos y estrategias para alcanzar los objetivos fijados.

Por lo anterior, se concluyó que el sujeto obligado cuenta con los documentos en los que se detalla la forma en que se evalúan los objetivos, las estrategias y las líneas de acción del Programa.