Por: Redacción.

Las empresas son responsables del tratamiento de los datos personales de sus trabajadores, por lo que no pueden alegar que los utilizan para propósitos exclusivamente personales y sin fines de divulgación o utilización comercial, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Asimismo concluyó que los datos personales que las empresas poseen en sus archivos o bases de datos no son de su propiedad.

Luego de que una empresa negara, en primera instancia, a un particular el acceso a los datos personales que de ella, y después lo otorgó pero no a la totalidad de los datos, se presentó una solicitud de protección de derechos ante el INAI.

La empresa argumentó que la información de sus empleados es única y exclusivamente para uso interno en materia laboral y que no es utilizada con fines de divulgación o utilización comercial, por lo que las disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) no eran aplicables.

Mediante un Procedimiento de Protección de Derechos, el INAI analizó el caso y determinó que cuando el uso de datos personales tiene como propósito de cumplir con una obligación, que se deriva de una relación jurídica, en este caso laboral, no puede considerase que los datos fueron recabados para uso estrictamente personal.

Se advirtió que los datos relativos a un empleado o exempleado, como el puesto desempeñado, la dirección de correo electrónico, el salario y otras asignaciones es información personal que deben ser tratadas conforme a los principios, deberes y derechos previstos en la LFPDPPP.