Por: Redacción/

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Cámara de Diputados informar sobre las negociaciones del Tratado de Libre Comercio; la asignación presupuestal y deudas existentes en universidades del estado de Michoacán; los procesos de investigación en contra de personal de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH); la emisión de leyes para el control de financiamiento en elecciones y partidos políticos; la legislación sobre el derecho humano al agua, y la resolución del caso “los porkys”.

“La información pública puede ayudar a demostrar que los diputados están trabajando para ser un poder legislativo transparente y abierto. Un parlamento abierto se involucra con la sociedad para gestar un diálogo constructivo en busca de las mejores leyes para beneficio de los ciudadanos”, afirmó el comisionado Joel Salas Suárez al presentar el caso ante el Pleno.

Expuso que, en la actualidad, el Poder Legislativo en México, como otras instituciones en el país, enfrenta una crisis de confianza. Agregó que, de acuerdo con el reporte de 2017 del Latinobarómetro, solo 22 por ciento de los mexicanos confía en el Congreso de la Unión.

“La apertura puede colaborar a cerrar la brecha entre ciudadanos y autoridades para mejorar el desempeño de las instituciones y, en consecuencia, ayudar a reconstruir la tan anhelada confianza en las instituciones públicas”, enfatizó el comisionado Joel Salas.

A manera de cuestionamientos, un particular solicitó lo siguiente:

1. ¿Por qué la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) y cinco universidades públicas más están sufriendo una crisis económica/financiera y la federación no coadyuva al resarcimiento de la deuda?

2. ¿Por qué el Congreso del estado de Michoacán recortó el presupuesto del año pasado en más de 300 millones de pesos y por qué no hace nada para acabar con el déficit que tiene desde años del ex-rector y ex-gobernador, Jara Guerrero?

3. ¿Por qué no se inicia un proceso de investigación y, en caso de ser afirmativo, de enjuiciamiento en contra de aquellos que han purgado de la UMSNH?

4. ¿Por qué el Congreso de la Unión se esperó hasta que la SCJN emitiera una sentencia obligando la pronta legislación sobre el control de financiamiento en elecciones y partidos políticos?

5. ¿Por qué el Congreso de la Unión no ha emitido ninguna ley conforme al Derecho Humano al Agua?

6. Informar cómo han sucedido las negociaciones del Tratado de Libre Comercio.

7. ¿Qué sucedió con el juez, la víctima y los acusados del caso Porkys?

8. ¿Cómo es que el actual Ejecutivo federal financió su campaña, con cuántos recursos y de quién los consiguió?

En respuesta, la Cámara de Diputados se declaró incompetente para atender los puntos 1, 2, 3, 6, 7 y 8 y orientó al particular a presentar su petición ante las instancias correspondientes; respecto de los requerimientos 4 y 5, informó que puede consultar todas las iniciativas de la presente legislatura relacionadas con los temas, así como las estadísticas por origen, periodo legislativo y estatus, para lo cual proporcionó las ligas electrónicas respectivas.

Inconforme, por considerar que el poder legislativo es competente para conocer la información, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI; en alegatos, el sujeto obligado reiteró su respuesta inicial.

Sin embargo, el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Joel Salas Suárez, se determinó que la Cámara de Diputados sí es competente para responder a los cuestionamientos.

Se advirtió que el órgano legislativo cuenta con comisiones ordinarias y especiales entre las cuales se encuentran las de Puntos Constitucionales, Gobernación, Agua Potable y Saneamiento, Relaciones Exteriores, Economía, Hacienda y Crédito Público, Igualdad de Género, Especial de Delitos Cometidos por Razones de Género, Especial sobre la No Discriminación, mismas que se relacionan con los temas enunciados en los primeros siete requerimientos.

Asimismo, cuenta con una Dirección General de Apoyo Parlamentario, cuyas atribuciones son coordinar el procesamiento de la información del trabajo parlamentario, así como la elaboración de documentos de todas las sesiones de la Cámara, entre los que se encuentran puntos de acuerdo, boletines de comunicación social, notas informativas e iniciativas relacionadas con los requerimientos del particular, los cuales fueron localizados en la página electrónica de la Cámara de Diputados.

Si bien, en el caso concreto de los puntos 4 y 5, el sujeto obligado proporcionó diferentes ligas electrónicas para consultar información sobre dichos cuestionamientos, de una búsqueda a cargo de la ponencia, se verificó que cuenta con documentos específicos para dar respuesta, como son los puntos de acuerdo y proyectos de decretos para reformar diversos artículos, los cuales fueron turnados a las comisiones de Puntos Constitucionales, Gobernación, Agua Potable y Saneamiento.

En ese sentido, se advierte que cumplió parcialmente con los requerimientos; pero no siguió el procedimiento de búsqueda establecido en la Ley Federal de Transparencia, para localizar la información.

Finalmente, por lo que hace al numeral 8, se concluyó que el órgano legislativo no no es competente, toda vez que de la normatividad aplicable no se desprenden atribuciones para que conozca sobre el financiamiento de la campaña del Ejecutivo Federal.

Por tanto, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la Cámara de Diputados y le instruyó asumir su competencia para conocer de la información y hacer una búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas competentes, a fin de proporcionarla al particular.