Redacción

La Secretaría de Gobernación publicó el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, entre las cuales se establecen los mecanismos que beneficiarán a los familiares o personas que sean afectadas por la comisión de un delito, y esta ayuda, incluso económica, debe ser prestada de manera inmediata, refiere el documento dado a conocer a través del Diario Oficial de la Federación.

En el decreto se menciona que “las víctimas recibirán ayuda provisional, oportuna y rápida de los Recursos de Ayuda de la Comisión Ejecutiva o de las Comisiones de víctimas de las entidades federativas según corresponda, de acuerdo a las necesidades inmediatas que tengan relación directa con el hecho victimizante para atender y garantizar la satisfacción de sus necesidades de alimentación, aseo personal, manejo de abastecimientos, atención médica y psicológica de emergencia, transporte de emergencia y alojamiento transitorio en condiciones dignas y seguras, a partir del momento de la comisión del delito o de la violación de los derechos o en el momento en el que las autoridades tengan conocimiento del delito o de la violación de derechos”.

En ese marco, la Segob precisó que “Las medidas de ayuda provisional se brindarán garantizando siempre un enfoque transversal de género y diferencial, y durante el tiempo que sea necesario para garantizar que la víctima supere las condiciones de necesidad inmediata”.

El decreto completo puede ser consultado en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5468443&fecha=03/01/2017