Por: Redacción

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó la responsabilidad de un médico de un hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que incurrió en actos de violencia sexual en agravio de una mujer de 31 años mujer, cuando le proporcionó atención médica para el tratamiento del padecimiento denominado enfermedad inflamatoria pélvica.

Por ello, el organismo nacional emitió una recomendación al director general del IMSS, Mikel Arriola Peñalosa, por violaciones a los derechos a una vida libre de violencia y a la integridad personal en agravio de la mujer, en el Hospital de Gineco Pediatría Número 3-A “Magdalena de las Salinas”, de la Ciudad de México.

En la recomendación 34/2016, se refiere que el 7 de junio de 2015, la paciente ingresó al Hospital General por presentar dolor abdominal y un cuadro febril. Después de ser valorada por tres servidores públicos, un día después fue trasladada al Hospital de Gineco Pediatría Número 3-A, donde fue revisada en seis ocasiones entre el 8 y 10 de junio, en las que se le realizaron tactos vaginales por personal médico para su tratamiento.

El 10 de junio de 2015, durante la última valoración del estado de salud de la mujer, un médico que no explicó el motivo de su proceder y sin el consentimiento de la quejosa, realizó a ésta tocamientos innecesarios e inadecuados que implicaron una invasión física de su cuerpo, causándole una afectación psicológica y sexual; además de efectuar un interrogatorio con lenguaje lascivo, ofensivo e incómodo, al hacer alusión a partes anatómicas de su cuerpo con una apreciación subjetiva y discriminatoria, basada en una consideración sobre su condición sociocultural, estigmatizándola.

Para la CNDH, “el comportamiento del médico tuvo una connotación sexual e implicó conductas que excedieron el objetivo terapéutico, al aprovechar su posición de poder para realizar tocamientos, contrarios a la voluntad de la paciente, quien se encontraba en un estado de máxima vulnerabilidad, debido a la naturaleza de su padecimiento. Además, los cuestionamientos realizados por el médico constituyeron actos de violencia sexual”.

La CNDH destacó que el IMSS no inició procedimiento administrativo de responsabilidad sobre los actos imputables al médico; únicamente se le impuso una sanción consistente en 20 notas de demérito como medida disciplinaria, equivalente a un descuento de 20 días de aguinaldo, que en consideración de esta Comisión Nacional resulta desproporcionada respecto de la gravedad de la conducta del médico.

En este sentido, la CNDH recomendó a Mikel Arriola, que a la brevedad se repare el daño ocasionado a la mujer, que incluya una indemnización y atención médica y psicológica necesaria hasta el restablecimiento de su estado psíquico, en un nosocomio diverso a dicho Hospital General, y se inscriba a la agraviada en el Registro Nacional de Víctimas, para que tenga acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley General de Víctimas.