Por: Redacción

La Procuraduría General de la República (PGR) informa que el Órgano Jurisdiccional, determinó la suspensión condicional a proceso contra dos personas detenidas en posesión de cocaína y mariguana.

Se trata de la cuarta Sentencia Condenatoria obtenida mediante la aplicación de uno de los casos de terminación anticipada por Procedimiento Abreviado contra narcomenudistas en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio.

Cabe señalar que el 29 de septiembre de 2015, elementos de la Policía Federal Ministerial presentaron ante la Unidad Especializada en Investigación de Delitos de Comercio de Narcóticos Destinados al Consumo Final, adscrita a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales (SEIDF), a Karla “N”, en posesión de 26 envoltorios de papel con cocaína en piedra, una bolsa de plástico con mariguana y 110 pesos, así como a Alan  “N”, en posesión de 9 envoltorios de papel con cocaína en piedra y 50 pesos, por lo que se inició la Carpeta de Investigación correspondiente.

Luego de la audiencia de Control de Detención, celebrada el pasado primero de octubre, en el Centro de Justicia Penal con sede en el Reclusorio Preventivo Oriente de la Ciudad de México, durante la cual se calificó de legal la detención, se formuló imputación en su contra y se les Vinculó a Proceso por el delito Contra la Salud, en la modalidad de narcomenudeo en la variante de posesión simple de los narcóticos.

En razón de que el delito por el que se Vinculó a Proceso tiene una media aritmética menor a cinco años, el Defensor Público Federal solicitó audiencia de Suspensión Condicional a Proceso, en la que el órgano jurisdiccional determinó la suspensión del proceso por el lapso de 10 meses, sujetando a los vinculados a las siguientes condiciones con apego a los dispuesto en el artículo 195 del Código Nacional de Procedimientos Penales: a) residir en un lugar determinado; b) tener un trabajo o empleo, o adquirir, en el pazo que el Juez de Control determine, un oficio, arte, industria o profesión, si no tiene medios propios de subsistencia y c) someterse a la vigilancia que determine el Juez de Control.