Por: Redacción.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) deberá dar a conocer los resultados de la evaluación de la red de agua de uso y consumo humano que llevó a cabo en las aguas del Río Atoyac, a fin de conocer el riesgo a la salud en municipios cercanos al cauce, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Una particular solicitó los resultados de la evaluación, aplicada por la Cofepris en coordinación con autoridades de los estados de Tlaxcala y Puebla, para conocer el riesgo a la salud en municipios cercanos al Río Atoyac, identificar las sustancias presentes en la zona y la incidencia de mortalidad por leucemia y su posible relación con la exposición a sustancias nocivas.

En respuesta, proporcionó diversos vínculos electrónicos, en los que aseguró se encontraba la información requerida, pero de éstos sólo se desprende que la Profepa, la Conagua y la Cofepris llevaron a cabo un operativo sobre la problemática ambiental y de salud del Río Atoyac, pero no dan cuenta de los resultados de la evaluación.

Por ello, al considerar que la información entregada no correspondía a la solicitada, el particular presentó un recurso de revisión ante el INAI. En alegatos, la Cofepris reiteró su respuesta.

En sus argumentos, la comisionada Areli Cano Guadiana expuso que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, la salud ambiental engloba diversos factores que pueden incidir en el bienestar físico de las personas. Al respecto, este organismo afirma que el 23 por ciento de todas las defunciones en el mundo son atribuibles a factores ambientales.

En tanto, dijo, la Organización de las Naciones Unidas señala que las muertes que se reportan a nivel internacional como consecuencia de la mala calidad del agua, superan a las registradas por causas violentas, incluida la guerra.

La comisionada Cano agregó que diversos tratados internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos o el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconocen el derecho de toda persona a acceder al líquido vital, previsto también en la Constitución, razón que obliga al Estado a garantizar que el acceso al agua sea suficiente, saludable y aceptable.

Planteó que la contaminación del Río Atoyac y sus posibles consecuencias en la salud de los habitantes de poblaciones cercanas al cauce ha sido un tema recurrente en los medios de comunicación desde hace algunos años, incluso, se ha colocado en la agenda de diversas organizaciones de la sociedad civil y de las propias autoridades.

Asimismo, refirió que la Cámara de Diputados presentó un exhorto a la Comisión Nacional del Agua y a la Procuraduría de Protección al Ambiente, en marzo pasado, a fin de que se llevaran a cabo las acciones para el saneamiento del Río Atoyac y se publicaran los resultados obtenidos.

“Conocer los estudios realizados por la autoridad en la materia, concretamente en lo que respecta al Río Atoyac, permitirá que datos de relevancia sean accesibles a todos, a fin de que la sociedad cuente con elementos para hacer asequible al Estado su responsabilidad de garantizar la salubridad del agua y establecer mecanismos de monitoreo adecuado para mantener los niveles aceptables y su disponibilidad para consumo humano”, subrayó la comisionada Cano en el expediente RDA 2851/16.

El río Atoyac forma la cuenca alta del río Balsas (perteneciente a la Región Hidrológica No. 18 Balsas) -Tlaxcala y Puebla-, el cual se conforma principalmente por los ríos Atoyac y el Zahuapan.

Es uno de los más contaminados del país, pues se calcula que diariamente se vierten más de 140 toneladas de materia orgánica, 62 toneladas de sólidos suspendidos y 14 kilogramos de metales pesados.

En la zona se tiene registro de que empresas del ramo textil, mecánica, automotriz, química, cosmética, papelera, así como procesadoras de embutidos y carnes, entre otras, cuentan con permisos para realizar descargas en el río.

Durante su trayectoria, transporta aguas residuales sin tratamiento previo con sustancias para el tratamiento de textiles, cloroformo, cloruro de metileno (detergentes), metales pesados, sólidos suspendidos y coliformes (excremento), así como sustancias tóxicas, provocando altos grados de contaminación ambiental y degradación ecológica.