Por: Redacción

La dirigencia de Movimiento Ciudadano (MC) en el Distrito Federal, anunció hoy que promoverá juicios de amparo para los automovilistas afectados por la imposición de las fotomultas, a efecto de favorecerlos con la suspensión de la aplicación de esta medida del Reglamento de Tránsito.

Benjamín Cárdenas García, integrante de la Comisión Operativa de Movimiento Ciudadano en la capital del país, indicó que en la página de internet movimientociudadanodf.org, se habilitará un link para recibir las solicitudes de quienes deseen recurrir a la presentación del juicio de amparo.

También se pedirá a la instancia federal correspondiente que exija a la empresa Autotraffic SA de CV, la certificación de los aparatos utilizados para la aplicación de las fotomultas, conforme a lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas.

Al respecto, detalló que dicha petición se fundamentará en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, ya que existen inconsistencias en los criterios para expedir las multas de tránsito.

“Solicitaremos a la Secretaria de Seguridad Pública del DF el dictamen sobre la necesidad de colocar este tipo de dispositivos, de conformidad con la misma Ley que Regula el Uso de Tecnología para la Seguridad Pública de la ciudad de México, ya que la instancia para emitir su uso, así como para designar su ubicación, es el Consejo Asesor en Ciencia y Tecnología para la Seguridad Pública, el cual ni siquiera se ha establecido formalmente”, señaló.

Cárdenas García aseveró que el contrato de la Secretaría de Seguridad Pública del DF con la empresa Autotraffic SA de CV es claramente mercantilista y en nada beneficia a la ciudadanía, ya que fija una obligación a la empresa de entregar 150 mil multas mensuales como mínimo, lo que al año da un total de un millón 800 mil infracciones.

“Cifra que si la multiplicamos por el número de autos que circulan en la ciudad de México más la vigencia del contrato de la empresa, arroja que al final de ese periodo todos los autos serán multados al menos una vez. Sin omitir que del total recaudado, 46% va a la empresa”.

Acusó que la imposición de las multas por violar diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito, son completamente arbitrarias, pues el criterio es subjetivo al no citar los elementos que se tomarán en cuenta para aplicar un mínimo o un máximo dentro de un rango señalado en la misma sanción. Esto vuelve a los agentes de tránsito prácticamente juzgadores.

Indicó que el artículo 61 fracción II, párrafo segundo, especifica que la información obtenida con equipos y sistemas tecnológicos, con la cual se determine la imposición de la sanción, hará prueba plena en términos de lo que dispone el artículo 34 de la Ley que Regula el uso de Tecnología para la Seguridad Pública del DF

“Este artículo 34 es inconstitucional, pues está sancionando y no admitiendo prueba en contrario y por consiguiente, dejando en estado de indefensión a los ciudadanos, ya que prácticamente cancela el ser oído y vencido en juicio, ante autoridad competente dentro de un procedimiento administrativo”, puntualizó.