Por Fernando Nava

El presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Luis Raúl González Pérez dio a conocer este jueves la recomendación sobre violaciones graves a derechos humanos relacionada con  los hechos ocurridos el 22 de mayo de 2015 en el “Rancho del Sol”, en el Municipio de Tanhuato, Michoacán, en los que perdieron la vida 42 civiles y un Policía Federal;  un elemento federal  resultó lesionado y tres civiles fueron detenidos.

En conferencia de prensa, el Ombisdman nacional indicó que la investigación realizada por la CNDH, “con sustento en pruebas técnicas y científicas, así como otros elementos objetivos de convicción, se acreditaron hechos que implican violaciones graves a derechos humanos atribuibles a servidores públicos de la Policía Federal, así como otras violaciones, no calificadas de graves, imputables a personal de la Procuraduría General de Justicia del estado de Michoacán”.

González Pérez señaló que los agentes federales incurrieron en:

Violaciones al derecho a la vida por el uso excesivo de la fuerza que derivó en la ejecución arbitraria de 22 civiles; violaciones al derecho a la vida por el uso excesivo de la fuerza que derivó en la muerte de 4 personas.

Asimismo, hubo violaciones  a la integridad personal, legalidad y seguridad jurídica, con motivo de los actos de tortura cometidos en agravio de 2 personas detenidas; violaciones a la integridad personal, legalidad y seguridad jurídica, con motivo del uso excesivo de la fuerza que derivó en un trato cruel inhumano y/o degradante al que fue sometido una persona.

De igual manera, los agentes federales cometieron violaciones a los derechos de legalidad, seguridad jurídica, acceso a la justicia y a la verdad por la falsedad en los informes proporcionados por la Policía Federal, respecto de las circunstancias en las que se desarrolló el operativo en el “Rancho del Sol”.

Hubo falta de respeto, dignidad y consideración a 2 cadáveres, derivado de las quemaduras que presentaron al haber estado expuestos a fuego directo; violaciones a la legalidad, seguridad jurídica, debida procuración de justicia y a la verdad, con motivo de la manipulación del lugar de los hechos, en cuanto al movimiento de 7 cadáveres; de las armas relacionadas con los mismos; la colocación deliberada de las armas de fuego que se asociaron con 16 cadáveres y la substitución de otra.

Los elementos de la Policía Federal –que llegaron a sumar 95 elementos en total en contra de los 43 presuntos integrantes del Cártel Jalisco Nueva Generación– incurrieron en violaciones a los derechos humanos a la legalidad, seguridad jurídica y debida procuración de justicia por las irregularidades en que incurrieron servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia del estado de Michoacán en la descripción de la ubicación de las víctimas directas en el lugar de los hechos y de los indicios balísticos con los que se les relacionaron.

De igual manera, hubo violaciones a los derechos humanos a la legalidad, seguridad jurídica y debida procuración de justicia por las irregularidades en las que incurrieron peritos médicos forenses de la Procuraduría General de Justicia del estado de Michoacán en las necropsias que les practicaron a los cadáveres de las víctimas.

La CNDH advirtió que lo sucedido “dificulta que en el presente asunto haya un efectivo acceso a la justicia y se pueda llegar plenamente a la verdad, al haberse manipulado elementos y evidencias, alterándose las condiciones que permitirían realizar debidamente las investigaciones en el ámbito penal y deslindar las responsabilidades correspondientes. Como consecuencia de ello, en el caso de 15 personas fallecidas, este Organismo Nacional no contó con los elementos técnicos para determinar las circunstancias en que perdieron la vida”.

Tanhuato-MICH

 

 

Durante la conferencia de prensa Luis Raúl González Pérez señaló que el organismo que encabeza “no se opone ni busca inhibir las acciones que las autoridades de los diversos ámbitos de gobierno lleven a cabo para garantizar la seguridad pública de las personas, ni rechaza el empleo de la fuerza cuando los cuerpos policiales enfrentan situaciones en las cuales su única opción sea repeler una agresión real, actual e inminente en defensa de su integridad física o de otras personas y/o sus derechos, circunstancia que no los exime del respeto irrestricto a los derechos humanos, ni de observar los criterios de proporcionalidad, racionalidad y oportunidad inherentes al uso legítimo y debido de la fuerza”.

Pidió a los agentes federales que actúen “conforme a derecho y con respeto a la dignidad de las personas, contribuye al efectivo acceso a la justicia, así como a la vigencia de los derechos de las víctimas del delito. Lo contrario propicia que se atropelle a inocentes y se propicie la impunidad de los responsables”.

Resaltó que “los derechos humanos no son ni pueden ser vistos como un recurso o vía para la ilegalidad o la impunidad, por el contrario, su verdadera vigencia sólo es posible con la debida y oportuna observancia y aplicación de la ley”.