Por: Redacción/

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) determinó el fallo en favor de 4 nuevos Participantes Ganadores de la Licitación Pública para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de 191 frecuencias en el segmento de 88 a 106 MHz de la Banda de Frecuencia Modulada y de 66 frecuencias en el segmento de 535 a 1605 kHz de la Banda de Amplitud Modulada, para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora (Licitación No. IFT-4).

Cabe recalcar que estos licitantes fueron categorizados como Nuevos Participantes Ganadores debido a que manifestaron su interés de continuar en el proceso de licitación y que anteriores interesados fueron descalificados al incurrir en alguna de las causales establecidas en las Bases.

El Instituto suscribirá los respectivos títulos de Concesión de Espectro Radioeléctrico para uso comercial una vez que los nuevos participantes ganadores acrediten el cumplimiento de las condiciones para la entrega de dichos títulos, así como un título de concesión única para uso comercial, a menos que alguno de los participantes ya cuente con este último.

En la misma sesión, el Pleno resolvió la descalificación de 7 participantes, 6 de los cuales incumplieron con el pago de la contraprestación correspondiente a su oferta, en tanto el séptimo manifestó expresamente su deseo por no continuar en la Licitación. En todos estos casos serán ejecutadas las garantías de seriedad y, en su caso, será emitida una nueva acta de fallo en favor de participantes con la oferta subsecuente más alta.

Por otro lado, el Pleno del IFT autorizó a Televisión Azteca, S.A. de C.V., el acceso a la multiprogramación en 11 estaciones para transmitir los canales de programación “Azteca 7” y “a+”, una vez que cumplió con los requisitos establecidos en los Lineamientos Generales para el Acceso a la Multiprogramación, además de que su solicitud atiende el principio de competencia.

Asimismo, el Pleno aprobó someter a consulta pública por un periodo de 20 días hábiles el “Anteproyecto de Condiciones Técnicas Mínimas para la interconexión entre concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones y las tarifas que resulten de las Metodologías de Costos que estarán vigentes del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018” en atención del artículo 137 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que establece que el Instituto emitirá, en el último trimestre del año, las condiciones técnicas mínimas y las tarifas que hayan resultado de las metodologías de costos emitidas por el mismo.

El anteproyecto considera la descripción de los servicios de interconexión, sus características técnicas y capacidades, con el objetivo de facilitar la interconexión de los operadores existentes y de los posibles nuevos participantes. De forma novedosa se establece claramente como obligatorio el protocolo de interconexión SIP-IP, con un plazo de convivencia para realizar la migración de TDM a IP finalizando el 31 de enero de 2020.

En la misma sesión, el Pleno aprobó las condiciones de interconexión no convenidas entre Maxcom Telecomunicaciones, S.A.B. de C.V., y Grupo AT&T, integrado por las siguientes empresas: AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V., AT&T Comercialización Móvil, S. de R.L. de C.V., Grupo AT&T Celullar, S. de R.L. de C.V., AT&T Norte, S. de R.L. de C.V., y AT&T Desarrollo en Comunicaciones de México, S. de R.L. de C.V., aplicables del 9 de agosto al 31 de diciembre de 2017. Al respecto, se resolvieron las tarifas y condiciones técnicas para la interconexión del servicio de mensajes cortos (SMS).

De igual manera, se aprobaron las condiciones de interconexión no convenidas entre Grupo AT&T y la empresa Protel I-Next, S.A. de C.V., por los servicios de terminación del servicio local en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga” y por servicios de terminación del servicio local en usuarios fijos, aplicables del 9 de agosto al 31 de diciembre de 2017.