Por: Redacción

En las comisiones unidas de Gobernación y Estudios Legislativos Primera se acelerará la dictaminación de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, y probablemente se presente la siguiente semana, con la intención de que sea aprobada por el Pleno antes de que termine el actual periodo de sesiones.

Durante las audiencias públicas para dictaminar dicha ley, la senadora Cristina Díaz Salazar, presidenta de la Comisión de Gobernación, señaló que la iniciativa tiene por objeto de establecer bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos a personales en posesión de las autoridades, órganos y organismos de gobierno.

Detalló que pretende distribuir las competencias entre los organismos garantes de la Federación y los estados en materia de protección de datos personales, y establecer las bases mínimas que regirán los procedimientos para garantizar el ejercicio de este derecho.

Además, busca establecer los procedimientos y condiciones homogéneos que regirán el ejercicio los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición y al tratamiento de los datos personas en posesión de sujetos obligados.

La senadora Laura Angélica Rojas Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN, coincidió en que la protección de datos no sólo es un procedimiento administrativo, sino que se trata del resguardo de un derecho humano, conforme a la reforma al artículo 6º de la Constitución Política.

Enfatizó que las leyes de acceso a la información, protección de datos y archivos tienen que ser complementarias y armónicas entre sí, al igual que con el Sistema Nacional Anticorrupción.

Por la misma fracción parlamentaria, el senador Héctor Larios Córdova reiteró que ya tiene un primer borrador de dictamen que incluye algunas de las consideraciones de los ponentes, con la intención de acelerar la dictaminación de esta Ley.

Advirtió que si no se aprueba este ordenamiento quedará “trunca” la legislación en materia de transparencia y acceso a la información, toda vez que incluye disposiciones relativas a los datos personales.

“Creo que son más de dos años y medio lo que lleva el esfuerzo y si no la aceleramos y encontraremos la manera de trabajar con ustedes, para que un segundo documento quizá en tres o cuatro días ya esté más madurado y pueda circularse y encontrar los mecanismos de retroalimentación rápida que quizá si se pudiera, la próxima semana poderlo presentar el jueves o el viernes o el martes 15 de diciembre, a aprobación”, expresó.

Areli Cano Guadiana, comisionada del INAI, recomendó que la regulación del principio de consentimiento se oriente al tratamiento general de la información y no sólo a las transferencias de datos, que incluya un esquema equilibrado de excepciones que garantice el adecuado cumplimiento de las atribuciones legales de los sujetos obligados.

Además, sugirió incluir el principio de finalidad como parte del piso mínimo de la Ley General, ya que consiste en la obligación de establecer de manera objetiva y específica para qué se tratan los datos personales, es decir, permite circunscribir la obtención, uso divulgación o almacenamiento de la información personal conforme al cumplimiento de finalidades determinadas y explícitas del responsable.

“La falta de una regulación general para este principio –advirtió Cano Guadiana– generaría incertidumbre a los titulares de los datos respecto de su uso, además de limitar el ejercicio de facultades de los órganos garantes”.

Dijo que es necesario aclarar qué se entenderá por vulneración de la seguridad para brindar certeza jurídica tanto a los responsables como a la autoridad y a los titulares de los datos personales.

El comisionado del INAI, Óscar Mauricio Guerra Ford, consideró que la vía para que los particulares puedan impugnar las resoluciones del INAI, es solamente mediante el juicio de amparo interpuesto ante el Poder Judicial.

Propuso precisar en la ley cómo actuar en caso de que la información proporcionada sea insuficiente, cómo acreditar la identidad, personalidad o interés jurídico; qué hacer en caso de que los datos sean inexistentes o el sujeto obligado sea incompetente, y cómo atender las solicitudes mixtas de datos personales.

En su intervención, Darío Ramírez, director general de Article 19 Oficina para México y Centroamérica, dijo que el documento dista mucho de ser una ley que proteja y regule el derecho humano a la protección de datos personales, el cual está ligado al derecho a la privacidad, y está no figura en los esquemas de protección planteados.

Dijo que requiere vincularse con la legislación en transparencia, datos personales en posesión de particulares y archivos. Además debe facultar a los responsables y al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para generar criterios de interpretación que le permitan balancear el derecho a la privacidad y protección de datos personales con la libertad de expresión y el derecho a la información.

Justine Dupuy, coordinadora del área de Transparencia y Rendición de Cuentas de Fundar, comentó que es indispensable contemplar el interés público como excepción a la protección de datos personales, pues no se puede “caer en una regla absoluta”.

Coincidió en que se requiere definir con detalle cuándo podrá aplicarse el recurso en materia de seguridad nacional en contra de resoluciones sobre protección de datos personales, toda vez que es un concepto amplio que puede ser aplicado de manera discriminatoria su no se limita su ámbito.

Del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Issa Luna Pla opinó que en el proyecto debe eliminarse la idea de que se tienen que trasladar muchas de las disposiciones de la Ley General de Transparencia, “incluidos los errores”.

Lina Ornelas, vicepresidenta de relaciones gubernamentales Asociación Mexicana de Internet, dijo que la ley general es muy importante, porque es la que tomarán en cuenta los estados, y se dará para los tres órdenes de gobierno la guía para que después ellos emitan su propia regulación.

Subrayó que debe contener un capítulo que especifique las bases de datos en posesión de instancias de seguridad, procuración y administración de justicia. “Este es un estándar internacional. México tiene que estar a la vanguardia”, dijo.

Finalmente, María Solange Maqueo Ramírez, del Centro de Investigación y Docencia Económica, señaló que es fundamental definir que se adopta en el proyecto de ley general respecto del titular de los datos personales, porque se incluyen personas físicas o particulares, y no queda claro si con esta definición se pretende incluir a las personas morales.

En las audiencias públicas también participaron Carlos Brito, de Defensa de los Derechos Digitales, y Patricia Kurczyn Villalobos, comisionada del INAI.