La Procuraduría General de la República (PGR), publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los acuerdos por los que autoriza el ofrecimiento y entrega de recompensa a quien o quienes proporcionen información veraz y útil que coadyuve eficaz, eficiente, efectiva y oportunamente para la identificación, localización, detención o aprehensión de los probables responsables del delito de homicidio y tentativa de homicidio en agravio de seis periodistas.

Los Acuerdos que van del A/056/17 al A/061/17 establecen que dicha recompensa será entregada para quien o quienes den informes sobre los homicidas de Cecilio Pineda Birto, Ignacio Miranda Muñoz, Jorge Arturo Valdez Cárdenas, Maximino Rodríguez Palacios, Miroslava Breach Velducea y los probables de tentativa de homicidio y lesiones en contra de Sonia Córdova Oceguera.

Cabe señalar que el monto por cada uno de los periodistas afectados es de 1 millón 500 mil pesos, y que será entregado de manera proporcional en relación con la veracidad, utilidad, eficacia y oportunidad que la información aportada haya representado para la localización de los agresores.

La entrega de recompensa no será aplicable a los servidores públicos en funciones relacionadas con la seguridad pública, administración de justicia y ejecución de sanciones penales, así como sus cónyuges o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles.

La información será recibida por los medios siguientes: I.- En el domicilio ubicado en la calle de López No. 12, primer piso, colonia Centro, Delegación Cuahutemoc, C.P. 06050, Ciudad de México. II.- Al correo electrónico denunciapgr@pgr.gob.mx. III.- En los números telefónicos (55) 53-46-15-44 y (55) 53-46-00-00, extensión 504748 en la Ciudad de México, y 01-800-831-31-96 desde cualquier parte del país.

La Fiscalía Especializada en Atención a los Delitos en contra de la Libertad de Expresión (FEADLE), consideró conveniente ofrecer dichas recompensas y presentó la propuesta ante el Comité Evaluador para el Otorgamiento de Recompensas, en los términos dispuestos por la ley, asimismo, designará un servidor público que recibirá la información por cualquiera de los medios que se refiere el artículo cuarto de estos Acuerdos, quien será el encargado de mantener la comunicación permiten con la persona o personas que haya aportado, a fin de aclararla o complementarla; también, designará un número confidencial que será intransferible. Debiendo en todo momento levantar acta de comunicación y de su contenido.