Por: Redacción/

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) ahora Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) deberá dar a conocer los nombres de los técnicos que elaboraron y asesoraron cada uno de los proyectos del Fondo Para el Apoyo a Proyectos Productivos en Núcleos Agrarios (FAPPA) en el estado de Guerrero, durante 2018, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos destacó la importancia de dar a conocer la información, toda vez que abona a la fiscalización de la gestión financiera y ayuda a verificar que los recursos asignados al FAPPA, se ejercieron conforme a las disposiciones legales correspondientes.

Indicó que, de acuerdo con la Auditoría Superior de la Federación (ASF), en 2015, de cada 100 proyectos productivos apoyados por el FAPPA, 67 no presentaron la documentación comprobatoria de la aplicación y destino de los recursos otorgados y, además, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) encontró que algunos de los beneficiarios del apoyo presentaron facturas de proveedores de los que no hay registro de su existencia.

“Por estas razones, la rendición de cuentas sobre la ejecución de esta clase programas sociales, fortalece y sustenta su existencia, de manera que no es viable la clasificación de aquellos particulares que reciben recursos públicos, con la estricta finalidad de asesorar profesionalmente a los beneficiarios programa”, enfatizó la comisionada Kurczyn Villalobos.

Respecto de los hechos del caso, la Ponente señaló que, en una solicitud de acceso, un particular requirió, respecto de los proyectos del FAPPA, del año 2018 y para el estado de Guerrero, entre otras cosas, los nombres de los técnicos que elaboraron y asesoraron los proyectos de los beneficiarios del programa.

En respuesta, el sujeto obligado, a través de la Coordinación Ejecutiva del Componente Proyectos Productivos FAPPA, clasificó como confidenciales los nombres de los asesores técnicos, bajo el argumento de que se trata de particulares y que, por ello, tienen el derecho de la protección de dicho dato personal.

Inconforme, el particular presentó recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual, se inconformó con la clasificación de los nombres de los asesores de referencia.

En sus alegatos, la SAGARPA desahogó un requerimiento de información adicional, en el que manifestó que el Padrón de Asesores Técnicos se publica en la página de la dependencia y tiene como finalidad, incorporar a dicho Padrón, a las personas que acrediten la experiencia y la capacidad requeridas para la formulación de proyectos productivos, así como para brindar asesoría técnica a los grupos que resulten beneficiarios.

Explicó que la Coordinación Ejecutiva del Componente FAPPA clasificó como información confidencial, el nombre del técnico que elaboró cada proyecto productivo que fue autorizado, contenido en un contrato privado de asesoría técnica, celebrado entre particulares.

En el análisis del caso, la ponencia de la comisionada Kurczyn Villalobos advirtió que, de acuerdo con las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la SAGARPA para el ejercicio 2018, sobre los Proyectos Productivos FAPPA, los asesores técnicos son particulares que no forman parte de la estructura orgánica de la dependencia y que asisten a los beneficiarios de las aportaciones directas federales, en la elaboración técnica de sus proyectos.

Además, precisó que los servicios profesionales prestados por dichos asesores técnicos son pagados por los beneficiarios, con el 10 por ciento de la aportación directa que la dependencia les otorga. Es decir, dichos servicios son cubiertos con recursos públicos, previa suscripción de un contrato.

En ese sentido, y por tratarse de recursos públicos, los asesores técnicos responsables de los Proyectos Productivos FAPPA, están obligados a presentar informes generales y reportes parciales, relacionados con la aplicación de los recursos, con la documentación soporte conducente.

Por otra parte señaló que, en términos del artículo 70, fracción XXVII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, constituye una obligación de transparencia, la publicidad de los contratos que involucren recursos públicos, como es el caso, de aquellos que los asesores técnicos suscriben con los beneficiarios, en donde los primeros se obligan a conducir sus actividades profesionales con apego a las Reglas de Operación Programa, así como las finalidades de los proyectos productivos de que se traten.

Por lo anterior, por unanimidad, el Pleno modificó la respuesta de la SAGARPA, ahora SADER y le instruyó a entregar los nombres de los asesores técnicos, desglosados por cada proyecto FAPPA de 2018, en el estado de Guerrero.