Por Vicente Flores

El Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) autorizó estandarizar el pago de las sanciones que se impongan a los partidos políticos en la Ciudad de México, por lo que, a partir de ahora, el cobro de multas a los institutos políticos no podrá rebasar el 50% de la ministración del financiamiento que reciben mensualmente.

Con esta determinación, se limitará la influencia de actores externos como posibles fuentes de financiamiento privado y establecerá la posibilidad de que, cuando hayan acumulado sanciones, los partidos cumplan con las actividades constitucional y legalmente previstas.

Sin embargo, esta medida no afectará a los partidos de tal manera de que no cuenten con recursos suficientes para cumplir con sus funciones, para lo cual es necesario que no se afecte en un porcentaje considerablemente alto la ministración mensual que reciben por concepto de financiamiento público ordinario.

Esta medida aplicará por cuanto hace a las sanciones impuestas por el IEDF, ya que las determinadas por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral se aplicarán en la forma y términos indicados en las resoluciones respectivas; sin embargo, las sanciones impuestas por el INE que impacten en el financiamiento local deberán ser tomadas en cuenta para determinar la afectación económica del partido político, sin que puedan ser motivo de estandarización.

Las representaciones de los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática, Nueva Alianza, Movimiento Ciudadano reconocieron que el criterio del IEDF resultará benéfico para la ciudadanía y los propios institutos políticos.  Reconocieron que se trata de un criterio importante e innovador, que abona a la certeza, por lo que solicitaron se comunique a otros órganos electorales para que pudiera ser replicado.

Por otro lado, el Consejo General resolvió ocho procedimientos ordinarios sancionadores iniciados contra diversos partidos políticos y ciudadanos. En cuatro de ellos, se sancionó a los partidos Morena, Humanista, Encuentro Social y de la Revolución Democrática por incumplimiento a alguna de sus obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública.

Al Partido Morena se le multó con diez mil 492.50 pesos, toda vez que no publicó en su página de Internet de manera completa y oportuna, la totalidad de la información a la que la obliga la ley; para el Partido Humanista la sanción fue por ocho mil 743.75 pesos, debido a que no atendió la difusión de oficio de la información pública. A los partidos de la Revolución Democrática y Encuentro Social se les impuso una multa, a cada uno, con tres mil 497.50 pesos, en ambos casos por temas relacionados con respuestas a solicitudes de información pública.
El Consejo General también sancionó al ciudadano José Gerardo Jiménez con una multa por tres mil 147.75 pesos. Esta sanción se estableció después de que el Instituto Nacional Electoral requirió al ciudadano citado el estudio completo de la metodología y resultados de los datos de una encuesta publicada. De igual manera se declaró infundado el recurso IEDF-QCG/PO/029/2015 y se devolvió a la Comisión de Asociaciones Políticas la queja IEDF-QCG/PO/027/2015 y su acumulada 004/2016. De igual manera, se resolvió realizar el engrose del procedimiento IEDF-QCG/PO/028/2015