Por: Redacción

La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Norma Oficial Mexicana Emergente para determinar los límites máximos de emisiones contaminantes para vehículos que circulen en Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala; bajo la NOM-EM-167-SEMARNAT-2016.

Entre las variantes que se consideran para la verificación, es que los vehículos hasta año – modelo 2005 tendrán que cubrir los valores determinados en la NOM-042-SEMARNAT-2003 con método de prueba dinámica, para vehículos que usen como combustible gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos, con un peso de 400 y hasta tres mil 857 kilogramos.

En el caso de los modelos 2006 y posteriores, el método de prueba a través del Sistema de Diagnóstico a Bordo, que incluye los protocolos de los sistemas OBD II (sistema de diagnóstico de segunda generación), EOBD (sistema de diagnóstico europeo).

En el caso de los vehículos de autotransporte federal de carga, pasaje o turismo, en sus diversas modalidades y transporte privado federal, que circulen en las entidades federativas de la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala, deberán realizar la verificación que señala la presente Norma Oficial Mexicana de Emergencia bajo las consideraciones y en los Centros de Verificación o Unidades de Verificación Vehicular que se determinen en el Acuerdo de Coordinación que para tal efecto establezcan, a través de la Comisión Ambiental de la Megalópolis, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y los gobiernos de las entidades federativas señaladas.

La entrada en vigor de esta disposición será el 1 de julio próximo. En los transitorios además se determina que los modelos 2016 o posteriores podrán quedar exentos hasta por cuatro años de la verificación vehicular.

Para consultar la norma completa vaya al siguiente enlace:

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5440157&fecha=07/06/2016