Por: Redacción/

La participación de la ciudadanía en los asuntos públicos de la Ciudad de México estará garantizada en la nueva Ley de Participación Ciudadana, que sufrirá una reforma integral guiada por el texto de la Constitución Política de la ciudad, afirmó el diputado de Morena, José Martín Padilla Sánchez.

El presidente de la Comisión de Participación Ciudadana del Congreso de la Ciudad de México precisó que entre las reformas que se harán a la norma se encuentran el establecer el término de participación ciudadana en lugar de representación ciudadana, lo cual implica un cambio sustancial porque permitirá que los capitalinos intervengan en los asuntos públicos que sean de su interés a través de los mecanismos de democracia directa, participativa y representativa.

“De ninguna manera se diseñará una ley de participación ciudadana a contentillo de políticos o funcionarios, saldrá de las consultas que se realizan a los habitantes de las 16 alcaldías y siempre que estén apegadas a lo que marca la Carta Magna de la capital del país avalada por el Constituyente Permanente en enero de 2017”, aseveró.

El diputado Padilla Sánchez dejó en claro que, si bien los partidos políticos prácticamente permearon y convirtieron a los Comités Ciudadanos en su botín político, de ninguna manera se eliminarán de la nueva Ley de Participación Ciudadana figuras que cumplen una misión esencial para que la población exponga y sea participe de la solución de los problemas que aquejan a sus comunidades.

En este contexto, comentó que diputados de la Comisión de Participación Ciudadana realizan recorridos por las 16 alcaldías para recoger las inquietudes, propuestas e ideas de la población que serán incorporadas a la Ley de Participación Ciudadana.

Comentó que derivado del análisis de las diversas opiniones y propuestas de los capitalinos se ha desprendido que el esquema de funcionamiento de la participación ciudadana en el orden territorial se basará en dos figuras: la Asamblea Ciudadana y Órgano de Representación Ciudadana, tal y como lo establece la Constitución.

“El primero de ellos, aseveró, se configura como el principal espacio de diálogo, decisión, organización colectiva y comunitaria de la unidad territorial; mientras que es el segundo, se configura como el instrumento de organización y representación de la unidad territorial.

De esta manera, “se ha considerado pertinente mantener dichas figuras en la nueva Ley de Participación Ciudadana que habrá de regular lo referente a la materia en la Ciudad, resaltando la importancia de la Asamblea Ciudadana, así como el apoyo que requiere del Órgano de Representación Ciudadana para cumplir con las tareas de representación de los intereses de cada una de las unidades territoriales y fomentar con ello, la participación de las personas en las decisiones públicas”.

Dijo que en la norma se incluirán nuevos instrumentos como la silla ciudadana y los observatorios ciudadanos, los cuales han cobrado existencia por mandato constitucional.

El diputado Padilla Sánchez ratificó el compromiso de la Comisión de Participación Ciudadana para continuar con el fortalecimiento de la participación ciudadana y la formación de ciudadanía, dirigido al empoderamiento de las personas que habitan y transitan en la Ciudad.

Comentó que la Constitución de la Ciudad de México, en su artículo 56 de la participación ciudadana en las alcaldías, garantiza la elección de los ciudadanos que conformarán los órganos de representación ciudadana avaladas por el Instituto Electoral local.

Dijo que el numeral 3 del citado artículo establece que “el organismo público electoral local establecerá la división de las demarcaciones en unidades territoriales para efectos de participación y representación ciudadana, basada en la identidad cultural, social, étnica, política, económica, geográfica y demográfica”.

Finalmente, agregó que el numeral 5, señala que: “En cada unidad territorial se elegirá democráticamente a un órgano de representación ciudadana, mediante voto universal, libre, directo y secreto, a convocatoria del organismo público electoral local. Éste fungirá como órgano de representación de la unidad territorial y estará conformado por nueve integrantes honoríficos, con una duración de tres años. Su elección, organización y facultades atenderán a lo previsto en la ley de la materia”.