Por: Redacción/

A fin de prevenir y erradicar la violación de Derechos Humanos de migrantes extranjeros en nuestro país con el pretexto de que son indocumentados, los diputados Ivanova Pool Pech y José María Arroyo Juárez propusieron reformar la Ley de Migración a fin de que puedan solicitar refugio o asilo político, previa información sobre sus derechos por parte de las autoridades.

A través de una iniciativa, ambos legisladores advirtieron que tal como está redactada y vigente la fracción I del artículo 144 de la citada Ley contraría el título primero de la Constitución Política –la cual prevé el libre tránsito de las personas por toda la República- y las convenciones internacionales de derechos humanos y de refugiados firmadas por México, las cuales prevén el principio de no devolución de las personas que se encuentran en situación de riesgo.

Precisaron que el artículo 11 de la Constitución Política establece que toda persona “tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes”.

También prevé que “toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo” y que el “reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político se realizarán de conformidad con los tratados internacionales”.

A su vez, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 (a la cual México se adhirió en 2000) prohíbe explícitamente en su artículo 33 la expulsión o devolución de refugiados “en las fronteras de territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia o determinado grupo social o de sus opiniones políticas”.

Asimismo, el artículo 31 de esta Convención establece que los refugiados que hubiesen ingresado al país de refugio sin autorización, no deberán ser objeto de sanciones penales ni de otro tipo de restricciones de circulación, como consecuencia de su entrada o presencia ilegal, cuando su libertad o su vida se encuentra amenazada en su país de origen.

Arroyo Juárez y Pool Pech señalaron que, pese a ello, el Instituto Nacional de Migración aprehende a los migrantes indocumentados, los recluye en centros de detención y los deporta inmediatamente sin darles oportunidad de solicitar asilo, con lo cual los arrojan a muchos peligros y en algunos casos incluso a la muerte.

Esto es así –agregaron- porque la Ley de Migración contiene disposiciones que permiten este tipo de arbitrariedades.

Señalaron que el gobierno mexicano ya es famoso en el mundo por sus violaciones a derechos humanos en contra de inmigrantes indocumentados –a veces familias enteras con mujeres y menores de edad- que, en su desesperación, se internan al territorio nacional huyendo de la violencia, las amenazas de muerte y la falta de oportunidades en sus países de origen.

Es el caso, por ejemplo, de Honduras, considerado por la organización Amnistía Internacional como el país sin guerra más violento del mundo.

La misma organización ha denunciado al gobierno mexicano como violador sistemático de los tratados internacionales sobre derechos humanos y de protección de refugiados.

En la consideración de los diputados perredistas, por todo lo anterior es necesario reformar el artículo 144 de la Ley de Migración para dejar claro que la autoridad migratoria estará obligada a informar a toda persona extranjera sin documentos que tiene derecho a solicitar asilo en nuestro país, así como el que le sea reconocida la condición de refugiado, según sea el caso.

El texto vigente de la fracción I del artículo 144 es: “Será deportado del territorio nacional el extranjero presentado que: Se haya internado al país sin la documentación requerida o por un lugar no autorizado para el tránsito internacional de personas”.

Se la agregaría: “… excepto en el caso en el que el extranjero que habiendo sido debidamente informado de sus derechos, manifieste que desea que se le reconozca su condición de refugiado o que desea solicitar asilo político en México”.