Por: Redacción

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) publicó un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) donde se declara al estado de Sonora como zona libre de la brucelosis bovina causada por especies lisas.

El documento, firmado por el titular de la dependencia federal, José Calzada Rovirosa, destacó que la medida impactará de manera positiva en la producción bovina de la entidad, la cual está valuada en más de 10 mil millones de pesos.

Derivado de la declaratoria que eleva el estatus sanitario de Sonora, la actividad ganadera de la entidad se torna más competitiva y rentable, ya que se favorece el comercio de ganado bovino, así como de los productos y subproductos de esta especie, originarios de la zona.

Para la emisión del acuerdo, los técnicos del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), a través de las actividades de vigilancia epidemiológica, confirmaron la ausencia de especies de Brucella que forman colonias lisas en la población del ganado bovino.

Este logro es producto del trabajo coordinado entre el Gobierno Federal, las autoridades estatales y los ganaderos de Sonora, quienes desarrollaron y ejecutaron acciones sanitarias para el diagnóstico, control, erradicación y vigilancia epidemiológica, tanto activa como pasiva, mediante muestreos epidemiológicos representativos de las poblaciones de ganado bovino.

Los resultados de estas acciones obran en el expediente técnico elaborado conjuntamente por la Dirección General de Salud Animal, de conformidad con los requisitos que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-041-ZOO-1995, Campaña Nacional contra la Brucelosis en los Animales, publicada el 20 de agosto de 1996 en el Diario Oficial de la Federación.

Además, con el fin de que el estado de Sonora permanezca libre de especies de Brucella que forman colonias lisas, el acuerdo establece que se deberán aplicar las medidas sanitarias de diagnóstico, prevención, vigilancia epidemiológica, control de la movilización, transporte, tránsito, comercialización y trazabilidad de bovinos, regulaciones contenidas en la mencionada Norma Oficial Mexicana y en la normatividad aplicable vigente.