Por: Oscar Nogueda/

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se encuentra analizando las reformas a la ley de derecho de autor y al Código Penal para determinar si incumplen con los mandatos constitucionales en materia de derechos humanos.

“En tal virtud, se encuentra estudiando minuciosamente y analizando a la luz del texto constitucional el contenido de las mismas, para dilucidar si pudiesen incumplir con los mandatos constitucionales en materia de derechos humanos, esto es, si pudieran conculcar derechos humanos y libertades reconocidos en el bloque de constitucionalidad”, externó la CNDH.

La Comisión apuntó que estas modificaciones legales tienen el objetivo de armonizar la legislación nacional con las prácticas internacionales, así como con las leyes de Estados Unidos y Canadá en materia de el uso de las tecnologías de la información y comunicación con los derechos de los autores de obras, particularmente el uso de internet y tecnologías digitales.

Las modificaciones a los ordenamientos jurídicos en cuestión, realizadas en materia de medidas tecnológicas de protección al derecho de autor y al combate a la piratería, formaron parte de los 5 dictámenes que conoció el Congreso de la Unión para la entrada en vigor del T-MEC”, mencionó la CNDH.

El pasado primero de julio, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reformas a la Ley de derecho de autor y al Código Penal. Algunas de las modificaciones señalan que los proveedores de internet podrán retirar contenidos digitales si existe un aviso de violación de derechos de autor.

“De manera expedita y eficaz, remuevan, retiren, eliminen o inhabiliten el acceso a materiales o contenidos dispuestos, habilitados o transmitidos sin el consentimiento del titular del derecho de autor o derecho conexo, y que estén alojados en sus sistemas o redes, una vez que cuente con conocimiento cierto de la existencia de una presunta infracción”, menciona la Ley.

Por su parte, una de las reformas al Código Penal establece una pena de seis meses a seis años y hasta 1.7 millones de pesos de multa a las personas que eludan un candado digital.

“A quien, a sabiendas y con fines de lucro eluda sin autorización cualquier medida tecnológica de protección efectiva que utilicen los productores de fonogramas, artistas, intérpretes o ejecutantes, así como autores de cualquier obra protegida por derechos de autor o derechos conexos, será sancionado con una pena de prisión de seis meses a seis años y de quinientos a mil días multa”, se indica en el DOF.

En ese sentido, varias organizaciones de defensa de derechos humanos se pronunciaron en contra de dicha reformas. R3D por los derecho digitales apuntó que el mecanismo de notificación y retirada es violatorio de la libertad de expresión.

Aunado a ello, subrayó que médicos, investigadores, personal de seguridad, periodistas, entre otros necesitan eludir candados digitales para realizar sus actividades profesionales.

La CNDH reconoció la preocupación de organismos civiles ante estas reformas y aseguró que si el análisis revela alguna violación a los derechos humanos, interpondrá una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“En el supuesto de que del examen y análisis realizado por esta Comisión Nacional al contenido de las recientes reformas y adiciones al Código Penal Federal y a la Ley Federal del Derecho de Autor, se estime que pudiesen vulneran o afectar derechos fundamentales, se procederá a la elaboración de la acción de inconstitucionalidad para someter al escrutinio constitucional del Máximo Tribunal del país esas reformas”, finalizó la CNDH.