• La recomendación 37/2018 de la CNDH señaló como responsable de violar los derechos de acceso a la justicia y por incurrir en irregularidades en la integración de la investigación de este caso a la Fiscalía General de  la República (FGR) y a Silvano Aureoles Conejo, Gobernador de Michoacán.

Por: Oscar Nogueda/

El pasado 17 de septiembre, un juzgado federal admitió a trámite un amparo contra la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) por el incumplimiento de una recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en el caso de la desaparición forzada del marino Paolo César Antonio Cano Montero.

La demanda presentada expone el incumplimiento de la CEAV para apoyar a la familia con los gastos funerarios de Gregorio Cano, padre de la víctima. La organización Idheas, litigio estratégico en derechos humanos indicó que estos gastos no han sido cubiertos por los funcionarios de la CEAV, aunque existe el compromiso institucional para apoyar en esta situación.

“Pese a lo establecido en la recomendación y a casi dos años de su emisión, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas no ha realizado las acciones tendientes para dar inicio al proceso de la reparación integral del daño. Además la CEAV,  ha ignorado diversas solicitudes presentadas por IDHEAS en su condición de representante de las víctimas, en particular la presentación de la propuesta de reparación integral del daño desde agosto de 2019”precisó Idheas.

Itzel Hernández Romero, representante de Idheas, señaló que este amparo representa “el primer paso para lograr que la familia de Paolo acceda a una justicia pronta y a una reparación integral del daño, esto frente al actuar negligente de la CEAV. Esperamos que el poder judicial proteja los derechos de las víctimas y ordene cumplir la Ley General de Víctimas a los funcionarios encargados de su propia vigilancia”.

La abogada apuntó que el Poder Judicial debe ordenar a los servidores públicos cumplir la Ley General de Víctimas para dejar un precedente para que los servidores públicos de la CEAV atiendan las necesidades de  las víctimas, así como para que estas no acudan a otras instancias.

El 29 de octubre del 2010, el marino Paolo César Antonio Cano Montero, integrante del Batallón de Infantería de Marina 20, fue desaparecido de la base de la Marina  en Lázaro Cárdenas, Michoacán.

Después de ocho meses después, la CNDH emitió la recomendación 37/2018, en la cual señaló como responsable de violar los derechos de acceso a la justicia y por incurrir en irregularidades en la integración de la investigación de este caso a la Fiscalía General de  la República (FGR) y a Silvano Aureoles Conejo, Gobernador de Michoacán.

“En la recomendación se ordena a las autoridades responsables que en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas se brinde a los familiares una reparación integral del daño”, puntualizó Idehas.

María Esther  Montero Arteaga, madre de Paolo Cano, indicó que “espero que la sentencia que se emita nos permita acceder a la reparación y a los recursos a los que como víctimas tenemos derecho, cerrar un proceso y concluir con todos los efectos colaterales que han impactado nuestra vida a raíz de este hecho”.

Por último, la demanda de amparo señalo como responsables Andrés Carlos Vázquez Murillo, encargado de despacho de la CEAV, y  a la titular del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.