• La declaratoria de invalidez surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal.

Por: Redacción/

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró por unanimidad la inconstitucionalidad del artículo décimo tercero transitorio del Decreto de reformas de 7 de junio de 2021 en materia de justicia federal, el cual ampliaba por dos años el periodo del Presidente actual de la Suprema Corte y de las y los Consejeros de la Judicatura.

El Pleno sostuvo que dicha ampliación es contraria a los artículos 97 y 100 de la Constitución, los cuales establecen la forma de designación y los plazos de periodo del Presidente de la Suprema Corte y las y los Consejeros de la Judicatura, así como de los principios de supremacía constitucional, división de poderes y de autonomía e independencia judicial.

Por tanto, la SCJN determinó que tales funcionarias y funcionarios deberán dejar los cargos correspondientes conforme al plazo originalmente determinado en el momento de su nombramiento.

La declaratoria de invalidez surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal.