Por: Oswaldo Rojas

El juez Juan Marcos Dávila Rangel pidió al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) que responda si procede el registro del ayuntamiento de El Parral, Chiapas, en el Catálogo de Claves Geoestadísticas, así como una respuesta congruente y fundamentada a su decisión pues de lo contrario los derechos humanos de sus habitantes se verían afectados.

En el expediente por juicio de amparo 496/2016 Rangel concedió  protección de la justicia federal a dicho Ayuntamiento, pues dice que no conceder una respuesta clara agravia el derecho humano a la tutela judicial efectiva reconocida en los artículos 17 constitucional y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La necesidad de integrarlo al Catalogo se debe a que diversas dependencias federales lo exigen para proporcionar recursos para proyectos. Así, no estar integrado en el limita el desarrollo de la comunidad.

El juez Rangel explicó que el acto de no acredita al municipio de El Parral en el marco Geoestadístico Nacional y en el Catálogo Único de Claves Geoestadísticas es un error. Aunque en su momento la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) argumentó la existencia de una controversia constitucional sobre límites territoriales entre los estados de Chiapas y Oaxaca, el juez informó que ya el alto Tribunal concedió una suspensión de dicho argumento para que el municipio interesado pueda modificar o ampliar los limites territoriales  y así entrar en el catalogo.

En opinión de Rangel lo anterior no constituye un impedimento ya que en nada afecta al municipio de El Parral, dado que su posición geográfica no guarda ninguna colindancia con el estado vecino.

Finalmente expreso que la autoridad responsable en su momento no hizo un análisis real de la controversia, pues omitió exponer que los municipios habían sido considerados como terceros en la disputa.