Por: Redacción/

La Cámara de Diputados recibió y turnó a comisiones ocho minutas del Senado de la República. Una de ellas, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes Federal contra la Delincuencia Organizada y de Seguridad Nacional, así como los códigos Nacional de Procedimientos Penales, Fiscal de la Federación y Penal Federal, en materia de combate a las empresas fantasma.

Se busca considerar amenaza a la seguridad nacional y como delito que amerita prisión preventiva oficiosa la comisión de los actos ilícitos en contra del fisco federal: el contrabando y su equiparable, la defraudación fiscal y, la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, especificando las sanciones, montos, rango y circunstancias a imponer.

Cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones, será destituido del empleo e inhabilitado de uno a diez años para desempeñar cargo o comisión públicos en adición a la agravante formulada. Se mandó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Justicia.

La minuta que reforma la fracción XXIX-D del artículo 73, y deroga la fracción VII del artículo 74, de la Constitución Política, faculta al Congreso de la Unión aprobar el Plan Nacional de Desarrollo, en el plazo que disponga la ley.

Se establece un plazo de sesenta días, a partir de su entrada en vigor, para que el Congreso de la Unión adecue la Ley de Planeación y establezca normas para la participación simultánea de las cámaras del Congreso en el proceso de aprobación del mismo. Fue enviada a la Comisión de Puntos Constitucionales.

A esa misma comisión se canalizó la minuta que reforma la fracción XXIX-G del artículo 73 de la Constitución Política, con la finalidad de facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes en materia de protección y bienestar de animales de compañía en ambiente doméstico.

Otra modifica los artículos 157 BIS 1 y 157 BIS 12 de la Ley General de Salud, que crea el Registro Nominal de Vacunación para facilitar el monitoreo y la evaluación del Programa de Vacunación Universal mediante indicadores básicos de desempeño, fidedignos y auditables.

El Registro se establecerá como un mecanismo de la Secretaría de Salud para garantizar, desde su nacimiento, a todas las personas que tengan un seguimiento de su esquema de vacunación. El Estado mexicano garantizará el abasto y la distribución oportuna y gratuita de las vacunas; así como los insumos necesarios para las acciones de vacunación. Se turnó a la Comisión de Salud.

También, se recibió la minuta que modifica diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a efecto de facultar al Sistema Nacional de Protección Integral para promover en los tres órdenes de gobierno el establecimiento ininterrumpido y suficiente de presupuestos destinados a la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes y, a la Secretaría Ejecutiva del Sistema para coordinar con la Cámara de Diputados, la asignación de presupuestos suficientes para la misma causa. Fue remitida a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia.

A la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias se mandó la minuta que reforma el artículo 92 de la Ley Orgánica del Congreso General, cuya finalidad es facultar a las y los senadores vicepresidentes de la Mesa Directiva del Senado a formar parte como integrantes de las comisiones ordinarias o especiales.

Una minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito y del Código Civil Federal, fue devuelta para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional, a efecto de adicionar un artículo quinto transitorio que asegure la obligación de las instituciones de dar conocimiento a los padres o tutores sobre la apertura de la cuenta con la posibilidad de que soliciten o consulten los estados y movimientos de las cuentas.

Se puntualiza que, en términos de la regulación establecida por el Banco de México, este tipo de cuentas estarán limitadas a la recepción de recursos por medios electrónicos provenientes de programas gubernamentales, sin poder recibir depósitos en efectivo o transferencias electrónicas de personas físicas o morales. Será analizada por la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La última minuta reforma diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, devuelta para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional, relativa a incorporar conceptos de marginación o vulnerabilidad como indicadores de atención prioritaria para el acceso a la vivienda. Fue enviada a la Comisión de Vivienda.

Comunicaciones

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público informó que el Servicio de Administración Tributaria, durante el mes de agosto, asignó y donó bienes aptos para su uso y consumo, siendo estos alimentos y bebidas, pinturas, barnices, solventes y lubricantes, así como productos farmacéuticos, material de curación, entre otros. Fue enviado a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad.

De la Junta de Coordinación Política (Jucopo) se conoció un documento, donde informa el cambio de integrantes y juntas directivas de comisiones, impulsados por los grupos parlamentarios de Morena, PES y PVEM.

Los diputados Ana Priscila González García (MC), Carolina García Aguilar (PES), María Guadalupe Almaguer Pardo (PRD), Nancy Claudia Reséndiz Hernández (PES), Héctor Joel Villegas González (PES), Verónica Beatriz Juárez Piña (PRD), José de la Luz Sosa Salinas (PT), Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz (PES) y María Teresa Mora Ríos (Morena), solicitaron retirar de los registros parlamentarios diversas iniciativas que habían presentado.

La Presidencia de la Mesa Directiva, de conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral, 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, notificó que realizó modificación de turno de diversas iniciativas.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público se mandó una iniciativa del senador Óscar Eduardo Ramírez Aguilar (Morena) que reforma el párrafo sexto del artículo 1 y adiciona los párrafos primero, segundo y tercero al artículo 2 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para precisar el ocho por ciento de IVA en la Región Fronteriza Sur.