Por: Redacción

La Procuraduría General de la República tomó conocimiento del falló que por unanimidad emitió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en relación a las acciones de inconstitucionalidad 56/2016 y 58/2016, en contra de diversos decretos emitidos por los Congresos de Veracruz y Chihuahua, en materia de combate a la corrupción.

Con esta resolución, las normas impugnadas quedarán sin efecto, por lo que los Congresos de estos estados deberán ajustar el marco regulatorio, expedir las leyes y realizar las adecuaciones normativas correspondientes, a efecto de que los sistemas locales anticorrupción cumplan con los estándares constitucionales.

El Pleno de la SCJN concluyó que los Congresos estatales no podían legislar en esta materia, en virtud de que todavía no se expedían las leyes generales del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), lo cual ocurrió hasta el pasado 18 de julio.

En el caso de Chihuahua, declara inválida la creación de la nueva Fiscalía Anticorrupción, mientras que en Veracruz quedaron sin efectos seis decretos que regulaban la Fiscalía y todo el sistema de fiscalización superior y rendición de cuentas.

En relación a las acciones de inconstitucionalidad interpuestas en la misma materia en contra de diversos decretos expedidos por el Congreso de Quintana Roo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aún continúa dando trámite a las mismas. Aunque debe destacarse que el Congreso de ese estado ha aprobado diversas reformas que derogan las normas que fueron impugnadas por la Procuraduría General de la República, con lo que deberá analizarse si procede decretar el sobreseimiento de las mismas.