• Entregar la información solicitada dota de veracidad al discurso del Estado, que señala que México es uno de los países que más vacunación ha efectuado.

Por: Redacción/

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Salud (SSA) dar a conocer los lotes recibidos en México de la vacuna contra el virus SAR-COV2, causante de la COVID-19, especificando el número y la cantidad de dosis por farmacéutica, así como el lugar del país donde se aplicaron o, si están almacenados, el estado de la república donde se encuentran.

Al presentar el asunto ante el Pleno, el Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas expuso que entregar la información solicitada dota de veracidad al discurso del Estado que señala que México es uno de los países que más vacunación ha efectuado.

“Cómo no presumir lo que se supone que se ha hecho bastante bien y cómo no dar pistas para que no se dude que esto se hacía real, porque puede uno decir: hemos tenido 127 millones de vacunas, pero luego no dices ni qué lotes, ni de dónde, ni de qué farmacéutica, ni nada, porque es Seguridad Nacional, pues pones en duda las condiciones”, enfatizó Acuña Llamas.

No obstante, la SSA se declaró incompetente para proporcionar la información y orientó a la persona solicitante a presentar el requerimiento ante la Secretaría de Bienestar y/o el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi).

Inconforme con la respuesta, la persona que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que en un requerimiento previo al Insabi, esta dependencia indicó que la SSA era la institución competente para proporcionar los datos.

En alegatos, la SSA activó el procedimiento de búsqueda en Oficinas Directas del Secretario, área que declaró inexistente la información y turnó el requerimiento al Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia (CENSIA), organismo desconcentrado de la dependencia; sin embargo, en materia de acceso a la información, sujeto obligado distinto e independiente de la Secretaría.

El CENSIA clasificó como reservada la información, argumentando que darla a conocer podría poner en riesgo la seguridad nacional y afectar las relaciones internacionales. “Nos vimos obligados a hacer un requerimiento de información adicional, les dijimos: acláranos y alléganos más elementos, que los documentos en materia de reserva son los números de lotes y la cantidad de dosis, eso es números, eso no es datos que puedan quebrantar la situación”, subrayó Acuña Llamas.

Al analizar el asunto, la ponencia del Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas advirtió que aun y cuando el CENSIA es un sujeto obligado distinto, en términos de lo dispuesto en el Padrón de Sujetos Obligados, resulta un sujeto obligado indirecto que cumple con sus obligaciones de transparencia a través de la SSA.

Por otra parte, la ponencia localizó información que establece que la SSA está a cargo del “Operativo Correcaminos” y lleva un registro de los lotes, la cifra de dosis y del laboratorio que envasó los biológicos, por lo tanto, es competente para conocer sobre los lotes de vacunas contra la COVID-19 que han llegado al país, así como el destino de ellas.

Cabe destacar que, en la página de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), es posible localizar información sobre la liberación de lotes de vacunas relacionadas con la prevención de COVID-19, en las que se puede advertir los lotes liberados por farmacéutica.

Con base en estos datos, es evidente que la SSA no cumplió con el procedimiento de búsqueda que establece la Ley de la materia, pues omitió turnar la solicitud a la totalidad de unidades administrativas competentes, además, turnó el requerimiento a un sujeto obligado distinto. Sobre la reserva de la información, la ponencia del Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas determinó que, si bien la información relacionada con la estrategia de vacunación puede afectar el programa de vacunación, el número de lote y las dosis que contiene, no constituyen un asunto estratégico de seguridad nacional.

“Dar a conocer la información reservada no comprometería en nada la seguridad nacional ni pondría en riesgo negociaciones o relaciones internacionales en curso porque además esas, pues ya las había resuelto la Secretaría de Relaciones Exteriores”, afirmó Acuña Llamas. En ese sentido, la ponencia concluyó que la clasificación invocada sobre los lotes de vacunas contra la COVID-19 que han llegado al país y el número de vacunas respecto a cada lote, no resulta procedente.

Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la SSA y le instruyó realizar, de manera amplia, una nueva búsqueda en todas las unidades administrativas que resulten competentes, a efecto de localizar los lotes de vacunas contra la COVID-19 que han llegado al país, así como el destino de ellas.