Por: Redacción/

La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (SEMOVI-CDMX) deberá buscar y dar a conocer el padrón vehicular autorizado del transporte público del Estado de México que ingresa a la capital del país, desglosado por empresa y número de placa, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a
la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado presidente, Francisco Javier Acuña Llamas, destacó la importancia de conocer de esta información, toda vez que se trata de las autorizaciones que emite el gobierno de la Ciudad de México, para permitir el ingreso permanente del transporte público a la capital del país.

“No es que se pida el padrón de vehículos, de la flotilla vehicular del Estado de México, no, ya que eso corresponde a la autoridad mexiquense, aquí lo que se pide es de aquellas que están autorizadas a ingresar y a salir, para los fines que está prevista su función que es, efectivamente, en una zona conurbada, pues el poder traer pasaje del Estado de México a la Ciudad de México”, apuntó.

En respuesta a un particular que solicitó esa información, el sujeto obligado se declaró incompetente para conocer de ella, por lo que orientó a turnar el requerimiento ante la Secretaría de Movilidad del Estado de México.

Inconforme, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI.

En alegatos la SEMOVI reiteró su respuesta original y mencionó que no detenta, administra o regula dicha información, ya que se trata de concesiones otorgadas, canceladas, revocadas o administradas por el Estado de México.

En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Acuña Llamas indicó que la SEMOVI-CDMX tiene, entre otras funciones, la de formular y conducir la política y programas para el desarrollo de la movilidad y transporte, de acuerdo a las necesidades de la Ciudad de México; determinar las rutas de penetración
de vehículos de servicio público de transporte de pasajeros suburbano y foráneo, precisar las rutas de penetración o de paso, así como los itinerarios para los vehículos de carga, otorgando las autorizaciones correspondientes.

En ese sentido, se apuntó, para el despacho de dichas atribuciones, la dependencia cuenta con el apoyo de, entre otras unidades administrativas, la Dirección General de Transporte de Ruta y Especializado, la cual tiene, entre sus funciones la de tramitar la expedición de las concesiones, permisos, licencias,
registro vehicular, revista, sitios, bases de servicio y autorizaciones, relacionadas con la prestación del servicio de transporte de pasajeros público en sus modalidades de colectivo, no incorporado a un corredor de transporte, mercantil y privado.

De igual forma, actualiza y sistematiza, en forma permanente, la información en medios electrónicos y documental, relativa a concesiones, permisos, licencias, registro vehicular, revista y autorizaciones relacionadas al servicio de transporte de pasajeros público, en sus diversas modalidades, al igual que el de carga.

Derivado de lo anterior, se tiene que la SEMOVI-CDMX, a través de la referida dirección, es la que tramita y otorga las autorizaciones relacionadas con el ingreso del transporte de pasajeros público, en sus diversas modalidades, tanto suburbano como foráneo.

En ese sentido, y tomando en consideración que el requerimiento del particular versa en conocer información que deriva de las autorizaciones de penetración otorgadas por dicha Secretaría, al
transporte público foráneo, es que, dicho sujeto obligado sí resulta competente.

Asimismo, se dijo, si bien el sujeto obligado manifestó no detentar, administrar o regular dicha información, por tratarse de concesiones otorgadas por el Estado de México, lo cierto es que el particular requiere información relacionada con autorizaciones para ingresar en la Ciudad de México, que sí otorga.

Por lo anterior, a propuesta del comisionado presidente, Francisco Javier Acuña, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la Secretaría de Movilidad y le instruyó a efecto de que asuma
competencia y realice la búsqueda de la información sobre el padrón vehicular autorizado del transporte público del Estado de México que ingresa a la Ciudad de México, desglosado por empresa y número de placa, y en consecuencia notifique al particular el resultado de dicha búsqueda.