Por: Redacción/

La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) debe proporcionar versión pública del expediente del terreno denominado Zapote I, ubicado en el municipio Reforma, en el estado de Chiapas, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el Comisionado Presidente del INAI, Francisco Javier Acuña Llamas, afirmó que es fundamental analizar con detenimiento los expedientes, para romper con la inercia de reservarlos en su totalidad.

“Ningún expediente, por amplio o pequeño que sea, se puede reservar o declarar confidencial absolutamente. Partiendo del principio que las excepciones a la regla de la máxima publicidad son la reserva o la confidencialidad, cualquier expediente que se solicite, en principio, es público, salvo las partes específicas que pudieran estar afectadas por reserva o confidencialidad”, apuntó.

Una particular solicitó a la Sedatu copia certificada del expediente administrativo con número 509047, relacionado con el terreno denominado Zapote I, ubicado en el municipio de Reforma, en el Estado de Chiapas.

El sujeto obligado, a través de la Dirección General de la Propiedad Rural, respondió que la información solicitada es reservada, pues se encuentra envuelta en un proceso deliberativo denominado procedimiento de enajenación. Inconforme con la reserva de la información solicitada, la particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI.

En el análisis del caso, personal de la ponencia del Comisionado Presidente del INAI acudió a la Sedatu con el propósito de consultar la información que el sujeto obligado clasificó como reservada; en dicha diligencia, se advirtió que ya se realizaron los estudios respectivos y se dictó un acuerdo de archivo para el expediente solicitado; por lo que el proceso deliberativo al que hizo referencia el sujeto obligado ya se encuentra superado.

El Comisionado Presidente del INAI subrayó que el procedimiento de enajenación, que refirió la Sedatu como argumento para reservar la información, inició el 5 de octubre de 1993, hace 26 años, y, en el 2016, se dictó un acuerdo de archivo por falta de interés jurídico, determinándose como asunto totalmente concluido.

“En este caso es un asunto concluido y debe de ser conocido por quienes lo pidieron, solo, claro está, salvando los datos personales que pudiera tener. No hay documento público que no tenga datos personales”, subrayó Acuña Llamas.

Por lo anterior, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y le instruyó elaborar y entregar versión pública del expediente 509047, correspondiente al terreno denominado Zapote I, ubicado en el municipio Reforma, en el estado de Chiapas.