Por: Redacción/

El senador Joel Padilla Peña propuso reformar la Ley Federal del Trabajo a efecto de regularizar la relación laboral entre las empresas de aplicaciones digitales y sus trabajadores, a fin de proteger, garantizar y promover el respeto los derechos laborales de quienes ofrecen sus servicios a estas plataformas.

Al fundamentar una iniciativa del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, que busca adicionar un artículo 20 bis y un capítulo XVIII a la Ley Federal del Trabajo, el vicecoordinador de la fracción reconoció que la revolución digital ha cambiado la forma de vivir día a día, desde la forma en la que leen las noticias hasta el transporte

Sin embargo, apuntó que estos sucesos históricos no solo conllevan beneficios para la sociedad, sino que también tienen costos asociados como vulneración de derechos laborales de los trabajadores o “socios”.

“Gracias a estos avances, surgió un nuevo tipo de relaciones contractuales denominadas economía colaborativa”. mencionó.

Padilla Peña destacó que en la actualidad, empresas como Uber, Didi, Beat y Rappi, entre otras, operan en diversas regiones y ciudades de México sin un marco normativo laboral que garantice los derechos de sus “socios” conductores o repartidores.

Por lo que no gozan del ejercicio pleno de sus derechos laborales como vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, antigüedad e indemnización por despido injustificado.

“Esta situación no puede permanecer así, es momento que en México comencemos a modificar esta situación para proteger los derechos laborales de las y los trabajadores de estas plataformas” aseveró el legislador por Colima.

Joel Padilla explicó que el objeto de la iniciativa no es regular a estos sitios, sino aquellas plataformas que simulan ser economía colaborativa, pero que en realidad son empleadores como es el caso de Uber, empresa que argumenta que sus “socios conductores” tienen la libertad de decidir cuándo y dónde manejan.

“Sin embargo, esto es completamente falso; porque la empresa maneja un sistema de puntos para la permanencia de sus conductores en su plataforma, lo cual incluye aceptar un determinado número de viajes a la semana; no poder decidir si toman el servicio o no; así como someterse a diversos controles de la empresa”, indicó.

Asimismo, agregó, deben cumplir con diversos requisitos que establece la empresa como: tiempos de espera, comportamiento con los pasajeros, índice de viajes admitidos y rechazados, entre otros.

En este sentido, dijo resulta necesario incorporar líneamientos a la Ley Federal del Trabajo a fin de reconocer por relación de trabajo aquella que tenga como origen una plataforma digital de economía colaborativa, siempre y cuando exista subordinación y dependencia económica.

La iniciativa que fue turnada a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos, Segunda, propone reconocer como trabajadores de la economía colaborativa o aplicaciones digitales a quienes que realizan trabajo mediante una aplicación digital y garantizarles todos los derechos que otorga la ley.

Y establece que en caso del pago de horas extra, los patrones deberán reducir sus comisiones, cuando el trabajador ha dedicado más de ocho horas o, bien, se trabaje en días festivos de acuerdo con lo establecido en esta ley.

Asimismo plantea que los patrones debe realicen controles de confianza y seguridad necesarios para garantizar la seguridad de los usuarios.