Por: Javier Bárcenas

La Cámara de Diputados exhortó al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), Gerardo Ruiz Esparza, para que restrinja la circulación de camiones de carga de doble remolque, a fin de salvaguardar la vida y la integridad física de las personas.

El Pleno avaló un punto de acuerdo, como urgente y obvia resolución, presentado por el coordinador de los diputados del PVEM, Jesús Sesma Suárez, quien pide restringir la circulación de los dobles remolques.

El documento del PVEM explica que de acuerdo con cifras de la Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos, anualmente mueren mil personas a nivel nacional a causa de accidentes generados por el transporte de carga de doble remolque.

Los incidentes ocurren “en parte por las complicaciones que se presentan durante el viaje causadas por la sobrecarga a la que se somete a estos modelos automotrices, lo cual podría evitarse si se hiciera un uso adecuado de los mismos, ya que no están diseñados para soportar grandes cargas, sino para transportar mercancías voluminosas”.

En el punto de acuerdo se pidió al titular de la SCT que sea sensible, atienda el reclamo social y las consideraciones que han planteado legisladores de distintos grupos parlamentarios en diversas iniciativas sobre la materia.

“La seguridad de automovilistas y peatones debe ser considerada prioridad en un momento coyuntural en el cual convergen intereses económicos y sociales relacionados con el tema del autotransporte en carreteras federales”, asentó.

Señala que la placa especial que anunció el secretario de Comunicaciones y Transportes para los camiones de doble remolque, no ayudará a disminuir los riesgos que genera la operación de éstos, por la constante violación a las normas.

Dicha placa especial se obtendría tras un proceso de revisión de las condiciones físico-mecánicas de los vehículos doblemente articulados y la documentación de los mismos y de los conductores.

Refirió que, conforme a la regulación de la NOM-012-SCT-2014, mantiene el peso bruto vehicular para los tracto camiones doblemente articulados o full en 66.5 toneladas, y para el full diferenciado 75.5 toneladas, mismos que únicamente podrán circular en caminos tipo “ET” y “A” y, por excepción, en carreteras tipo B cuando cuenten con autorización especial de conectividad”.