• Según la Ley General en Materia de Desaparición menciona que los estados deberán crear sus consejos estatales ciudadanos, los cuales serán órganos de consulta de las comisiones locales de búsqueda. Sin embargo, 19 entidades no cuentan con un Consejo local.

Por: Oscar Nogueda/

Según la Ley General en Materia de Desaparición, hace dos años, culminó el plazo para que las entidades federativas armonizarán sus mecanismos de búsqueda de personas de acuerdo a ley. A pesar de ello, el monitoreo de la organización Idheas Litigio Estratégico en Derechos Humanos mostró un importante retraso en la implementación de estos mecanismos.

En ese sentido, 9 estados  carecen de una ley estatal en materia de desaparición de personas, los cuales son Baja California, Chihuahua, Durango, Nuevo León, San Luis Potosí, Guerrero, Morelos, Campeche y Yucatán. Asimismo,  8 entidades mantienen en discusión la iniciativa de ley.

El monitoreo de la organización indicó que Sonora, Nayarit, Chiapas y Colima cuentan con una legislación deficiente en la materia. Por ello, menos de la mitad de los estados del país cuenta con una ley armonizada a la legislación federal. A pesar de que todos los estados  tienen una Comisión local de búsqueda, en 7 de ellos no hay información sobre la designación oficial sobre el titular.

En el caso de Durango, el comisionado Edgar Alán Arroyo renunció al cargo, por lo que la Comisión duranguense no cuenta con un titular. En la Comisión de Guanajuato se designó a Héctor Díaz Esquerra, sin embargo, las familias  de personas desaparecidas  piden la reposición del proceso porque  no fueron involucradas en el proceso.

En el estado de Zacatecas, el comisionado fue removido y, actualmente, hay cinco aspirantes para sustituirlo. Además, en Oaxaca y Campeche no existe un titular, mientras que en Yucatán se declaró desierta la convocatoria.

El artículo cuarto transitoria de la Ley General en materia de desaparición de personas, publicada en el DOF el  17  de noviembre del 2017, establece que “las Comisiones Locales de Búsqueda deberán entrar en funciones a partir de los noventa días posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto. La Comisión Nacional de Búsqueda deberá brindar la asesoría necesaria a las entidades federales para el establecimiento de sus Comisiones Locales de Búsqueda”.

Por otro lado, Baja California, Sonora, Durango, San Luis Potosí, Yucatán y Oaxaca no tiene una Fiscalía especializada en delitos de Desaparición Forzada de Personas y la cometida por particulares.

En 8 entidades la Fiscalía se encuentran sin un titular. Por ello, 14 estados carecen de una institución ministerial  completa e instalada, mientras que existen 18 Fiscalías locales en materia de desaparición de personas en México.

El artículo 68 de la legislación en dicha materia señala que “la Procuraduría y las Procuradurías Locales deben contar con Fiscalías Especializadas para la investigación y persecución de los delitos de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, las que deberán coordinarse y dar impulso permanente a la búsqueda de Personas Desaparecidas”.

Igualmente, la Ley menciona que los Consejos Ciudadanos deben estar integrados por cinco familiares, cuatro especialistas reconocidos en la materia y cuatro representantes de la sociedad civil.

“Los integrantes a que se refieren las fracciones anteriores deben ser nombrados por el Senado de la República previa consulta pública con las organizaciones de Familiares, de las organizaciones defensoras de los derechos humanos, de los grupos organizados de Víctimas y expertos en las materias de esta Ley. La duración de su función será de tres años, sin posibilidad de reelección, y no deberán desempeñar ningún cargo como servidor público”, apunta la Ley.

Según la legislación nacional menciona que los estados deberán crear sus consejos estatales ciudadanos, los cuales serán órganos de consulta de las comisiones locales de búsqueda. Sin embargo, 19 entidades no cuentan con un Consejo local.

En tanto, 6 demarcaciones no tienen un titular de su Consejo Ciudadano. En Aguascalientes y Quintana Roo se prevé un iniciar un proceso de selección a la brevedad, mientras que en el Estado  de México se identificó una discusión  sobre la titularidad del consejo.

Los únicos estados que cumplieron con este requisito son Coahuila, Tamaulipas, Veracruz, Hidalgo, Puebla, Morelos y la Ciudad de México.