Por: Vicente Flores

EL Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de datos Personales (INAI), instruyó al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), dar a conocer los montos pagados por pensiones en el país, entre 2000 y 2015.

Además, deberá informar sobre el número de trabajadores pensionados de forma acumulada y los que se pensionaron, año por año, para ese mismo periodo.

De igual forma, deberá entregar dichas cifras, generadas en la Delegación del ISSSTE en el Estado de México, en ese mismo ciclo; finalmente, deberá informar el número de trabajadores pensionados acumulados, a nivel nacional, al 31 de diciembre de 1999.

Al presentar ante el Pleno el asunto, el comisionado ponente, Oscar Guerra Ford, destacó la relevancia del tema, al recordar que la Ley General de Transparencia dispone en el rubro de obligaciones comunes, la publicación del listado de pensionados que tiene cada una de las instituciones.

“Será una obligación para la Corte, será una obligación para el Banco de México, que tendrán que estar ahora en forma pública, nombres, montos y frecuencias de pago de las Pensiones. Un asunto que será muy interesante, será el pago de pensiones de los ex presidentes del país, así como también lo referido a los pensionados de PEMEX”, expuso.

El ISSSTE dijo haber cumplido con su obligación de acceso a la información mediante INFOMEX.

Sin embargo, se puso como ejemplo que en el caso del 2001, el sujeto obligado informó que se pensionaron 310 mil 889 personas; sin embargo, al consultar el dato sobre el número de pensionados acumulado registrados con corte al mismo año, este último es menor, con 148 mil 64. Incluso, acotó, el número de personas que se pensionaron en 2001 es mayor al número acumulado de pensionados que se registran en el 2002.

Por lo anterior, a propuesta del comisionado Oscar Guerra, el Pleno del INAI revocó la respuesta del ISSSTE y le instruyó a que entregue al particular la información con los datos y elementos necesarios que permitan comprender los datos proporcionados, así como la forma en que atiende cada contenido de la solicitud de acceso, ya referidos.