• La Comisionada del INAI, Norma Julieta del Río, destacó que la información requerida cobra particular relevancia en el proceso electoral, motivo por el cual el INE debió entregarla una vez que estuvo disponible.

Por: Redacción/

El Instituto Nacional Electoral (INE) debe dar a conocer Información estadística del Listado Nominal de Electores Residentes en el Extranjero para la elección 2021, entre la que destaca el número total de personas registradas, los países de residencia de las y los ciudadanos inscritos, así como sus entidades de origen, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

“Si bien es cierto que al momento de la recepción de la solicitud de información aún no se contaba con la información, también lo es que el plazo para esta validación de la lista nominal de electores residentes en el extranjero, a la fecha ha concluido y la información solicitada ha sido generada”, enfatizó la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas.

Al presentar el asunto ante el Pleno, Del Río Venegas, destacó que la información requerida cobra particular relevancia en el proceso electoral, motivo por el cual el INE debió entregarla una vez que estuvo disponible.

“Por lo tanto, se invita al Instituto a proporcionar esta información de muy alto interés de manera proactiva”, manifestó. El particular que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó su inconformidad con la respuesta del INE, que declaró inexistente la información requerida. Al analizar el caso, la ponencia de la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas no advirtió elementos que indicaran que la información solicitada se encontrara en los archivos de las unidades administrativas competentes del sujeto obligado, o bien, que la misma deba existir.

La ponencia, realizó un requerimiento de información adicional sobre el Listado Nominal de Electores Residentes en el Extranjero, el INE respondió, mediante la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), al requerimiento de información adicional.

El sujeto obligado, a través de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE), remitió al INAI un archivo en formato “Excel” con la información estadística solicitada de la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero para el Proceso Electoral 2020-2021.

En este orden de ideas, la ponencia determinó que, efectivamente, en el momento que se presentó la solicitud, tal como lo señaló el INE, la información estadística de la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero, resultaba inexistente, no obstante, posteriormente, los datos requeridos fueron generados.

Con base en los argumentos presentados, el Pleno del INAI determinó confirmar la respuesta proporcionada por el INE.

Es importante señalar que, a la fecha de la resolución, el plazo para la validación de la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero concluyó, y la información estadística solicitada ha sido generada, tal como lo refirió el propio sujeto obligado al momento de desahogar el requerimiento de información adicional, por lo que, atendiendo al principio de máxima publicidad, y a fin de privilegiar el acceso a la información oportuna mediante procedimientos sencillos y expeditos, se invitó al INE a que proporcione a la persona solicitante la información requerida.