Por: Redacción

Gustavo Ismael Jubilier Salazar o Gustavo Ismael Jubileo Salazar o Gustavo Ismael Cubilier Salazar o Gustavo Couviller Salazar o Gustavo Ismael Couviller Salazar, acusado por la Procuraduría General de Justica capitalina de atropellar y matar a un elemento de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) sobre Calzada de Tlalpan, colonia El Centinela, recibió auto de sujeción a proceso especial para inimputables, por parte del titular del juzgado 32 Penal.

Por su probable responsabilidad en el delito de homicidio, el Juez adscrito al Reclusorio Preventivo Sur ordenó, en la causa penal 75/2016, la apertura del procedimiento especial para inimputables contra este hombre, quien fue ingresado al Centro Varonil de Readaptación Psicosocial (Cevarepsi).

Consta en el expediente que el 12 de abril, alrededor de las 8:00 horas, elementos de la SSP fueron alertados por una señora que el inculpado circulaba a bordo de una camioneta marca Ford tipo Edge, sin placas, sobre Calzada de Tlalpan, hacia el Norte, con una conducta agresiva hacia los demás automovilistas, por lo que se inició la persecución.

Los oficiales solicitaron al conductor que se detuviera, pero éste no hizo caso. Al llegar a Calzada de la Virgen, el imputado frenó la unidad, momento que aprovechó un agente para acercarse a pie; sin embargo, Gustavo Ismael reanudó la marcha en reversa, atropelló a un elemento policiaco y huyó.

Metros adelante, en Tlalpan y Erasmo Castellanos Quinto, un policía preventivo que dirigía el tránsito hizo señas de alto al infractor, quien aceleró la velocidad del vehículo y arrolló al uniformado, lesionándolo de muerte.

Finalmente, al salir de un paso a desnivel que se encuentra en Tlalpan y Taxqueña, el agresor perdió el control del automotor y se impactó contra un inmueble, donde fue detenido por elementos policiacos que lo pusieron a disposición del Ministerio Público de la Coordinación Territorial COY-1, quien determinó el ejerció de la acción penal en su contra.

Esta información se emite en términos del Artículo 11 de la Ley de Protección de Datos Personales para la Ciudad de México.

El presentado tiene el carácter de probable responsable, lo que no implica una sanción penal hasta que lo determine la autoridad jurisdiccional.