El desarrollo de diversos acontecimientos relacionados con el comercio de opio en el Siglo XIX y la guerra contra el narcotráfico a finales del Siglo XX, demuestran que el control de drogas debe ser analizado desde diferentes ópticas como la salud, seguridad, producción de medicamentos e intereses económicos involucrados.

Así se considera en un reporte sobre los antecedentes históricos del actual régimen de control internacional de drogas, realizado por la Dirección General de Investigación Estratégica del Instituto Belisario Domínguez, del Senado de la República (IBD), en el marco de la próxima Sesión Especial de la Asamblea General de las Naciones Unidas (UNGASS 2016).

En el documento se destaca que la revisión histórica revela que las características actuales del control internacional de drogas no son inamovibles, sino que son un resultado relativamente reciente de un proceso de negociación ajustable y dinámico.

Además, se menciona que en la historia de este régimen “llama la atención la frecuente aparición de pugnas entre intereses políticos y económicos, alejados de otros aspectos que comúnmente se suponen fundamentales, tales como la salud y la seguridad pública”. Por este motivo, se enfatiza, es relevante reiterar que la propia Declaración Conjunta de 2014 ya advierte que en este debate existen temáticas adicionales.

También, agrega la investigación del IBD, es fundamental impulsar estudios con mayor profundidad sobre la situación de los derechos humanos y su relación con el combate frontal al narcotráfico, así como promover un análisis relativo a las mejores estrategias de desarrollo alternativo y de reducción de la demanda de las drogas.

“La apertura del debate que se espera para la próxima UNGASS 2016 es, por supuesto, deseable y positiva. Mientras mayor apertura exista en el análisis de los logros y retos del control de drogas, se tendrá una mayor probabilidad de enriquecer la toma de decisiones”.

“Que se hayan acordado mesas específicas para debatir cómo fortalecer las opciones de desarrollo alternativo y los derechos humanos puede calificarse, desde ahora, como un avance importante. Aun así, también es probable que el debate no logre abarcar aspectos importantes de la producción, tráfico y regulación de las drogas”, se advierte en la investigación del IBD.

La realización de la Sesión Especial de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que se llevará a cabo el 19 de abril del siguiente año a petición de Colombia, Guatemala y México “simboliza, por diversos motivos, un cambio en el esquema tradicional del control internacional de drogas”.

En la UNGASS 2016 se prevé que asistan 193 Estados miembros, la participación de la sociedad civil organizada y de diversas agencias internacionales, tales como el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo y el Departamento de Asuntos Políticos, quienes aportarán elementos distintos a los tradicionales puntos de vista de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.

En el reporte “Control internacional de drogas: antecedentes históricos rumbo a UNGASS 2016” también se refiere que México adoptó un marco prohibicionista y de criminalización de los consumidores mucho antes que otros países. No obstante, dentro de la historia del prohibicionismo mexicano se tiene registro de un importante periodo de excepción:

“Después de la Convención de 1936, donde se criminalizó por primera vez el consumo de drogas a nivel internacional, México intentó operar un cambio radical en su política interna de atención al problema de drogas”, que derivó en un Reglamento de Toxicomanía en 1940, donde se establecía que las adicciones deberían ser entendidas como una enfermedad y ser tratadas y curadas, y no tanto como un acto criminal que debía ser castigado penalmente.

“La entrada en vigor del nuevo reglamento implicó la regulación de cultivos de opio y cannabis, así como la apertura de dispensarios clínicos donde se distribuían dosis diarias controladas a las personas que las requisaran bajo receta médica. El gobierno mexicano incluso defendió y promovió su cambio político ante la Liga de las Naciones”.

Sin embargo, se comenta en el documento, el anuncio de estas medidas fue duramente rechazado por la delegación estadounidense encabezada por Harry Anslinger, director del Buró Federal de Narcóticos de Estados Unidos.

“Al entrar en vigor el reglamento de 1940, el gobierno estadounidense suspendió el comercio medicinal con México, lo que representó un embargo efectivo de opio y de los medicamentos que de éste derivan (principalmente analgésicos). El embargo propició una escasez inmediata de varios medicamentos, por lo que el gobierno mexicano se vio obligado a entablar conversaciones diplomáticas”.

“A pesar de estas garantías, el gobierno estadounidense fue enfático en negarse a levantar el embargo hasta la suspensión definitiva del nuevo marco regulatorio. Como consecuencia de la presión estadounidense, el Reglamento de 1940 fue derogado a los pocos meses de haber entrado en vigor y la nueva orientación política para enfrentar el problema de las drogas fue abandonada por completo”, se refiere.

En la dirección http://www.senado.gob.mx/ibd/content/productos/reporte/reporte27.pdf es posible consultar el estudio completo.