Por: Patricia Ramírez

Con el propósito de dignificar la labor periodística y favorecer su derecho a la libertad de expresión, el Congreso de Veracruz aprueba con 40 votos a favor, ninguno en contra ni abstenciones, la iniciativa para agregar el capítulo “De los Trabajadores Periodistas” a la Ley Federal del Trabajo.

El dictamen de decreto será enviado a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

En éste se establece la definición de periodista como persona física que mantenga una relación contractual con otra persona dedicada a la producción, transmisión, difusión de información de noticias de interés público y social, cumpla la función de comunicar u opinar ante la sociedad, a través de la búsqueda, recepción y divulgación de datos, sucesos y documentos por cualquier medio de comunicación, en diversos formatos.

Algunos de las especificaciones pensadas para el capítulo y plasmadas en el dictamen son: disfrutar de las prestaciones que incluya su trabajo como apoyo de transporte, comunicación, reparación, reemplazo y donación de herramientas de utilidad; el contrato de trabajo debe incluir seguro de vida espacial y no deberá considerarse en el término de subcontratación.

Además, las jornadas durarán de acuerdo a los artículos 60 y 61 de la Ley Federal del Trabajo, los cuales indican que “- La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta”, sin embargo, en caso de ampliarlo deberá ser mutuo acuerdo. También, el dictamen menciona que los periodistas tienen derecho de mantener la privacidad de sus fuentes.

Finalmente, la labor periodística deberá contratarse en modalidad jornada y trabajo por obra; en la primera opción, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos indica que el salario mínimo profesional debe pagarse por la actividad profesional realizada; mientras que en el trabajo por obra se valorará mediante un acuerdo entre patrón y trabajador.