• Las organizaciones precisaron que el objetivo de los amparos es anular las disposiciones que restringen la participación  e información de las víctimas en las investigaciones penales, lo cual contraviene la progresividad de los derechos humanos.

Por: Oscar Nogueda/

El Colectivo contra la Impunidemia presentó una serie de amparos contra la nueva ley orgánica de la Fiscalía General de la República (FGR), ya que señaló que esta legislación es contraria a los derechos humanos y tratados internacionales.

Las organizaciones precisaron que el objetivo de los amparos es anular las disposiciones que restringen la participación  e información de las víctimas en las investigaciones penales, lo cual contraviene la progresividad de los derechos humanos.

“La Ley obliga  a la FGR a tomar en consideración las propuestas  de líneas de investigación que les formulen las víctimas, pero no a desahogar  las diligencias propuestas por las víctimas. La ley otorga un margen amplísimo de arbitrariedad a la FGR para decidir  si toma o no en cuentas etas propuestas, sin motivar las razones de sus decisiones”, señaló el Colectivo.

Igualmente, apuntaron que la nueva legislación limita el acceso de las víctimas a las carpetas de investigación que sean necesarias para emitir los dictámenes periciales, lo cual es contrario a la  sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CoIDH)  en el caso Radilla Pacheco. Esta decisión del organismo internacional establece que  el acceso a las carpetas es un requisito para la participación efectiva de los afectados en el proceso de investigación, así como no se puede negar esta solicitud.

Al mismo tiempo,  no considera el derecho de las víctimas a recibir información  sobre el estado de sus casos y actos de investigación, limita la faculta de atracción de casos de la FGR a solicitud de las víctimas y elimina la obligatoriedad de la fiscalía en participar en los mecanismos de protección de derechos humanos, lo cual afecta la búsqueda de personas desparecidas y el Mecanismo  de Apoyo al Exterior (MAE).

“El artículo 13 de esta ley establece un requisito subjetivo para que proceda la facultad de atracción, a saber, la trascendencia social. Este concepto podría equipararse con la popularidad, novedad, excepcionalidad o intereses político que rodea un caso, sin enfocarse en los obstáculos que enfrentan las víctimas al buscar justicia”, manifestó el Colectivo.

Respecto a los retrocesos en el MAE y el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, los defensores destacaron  que esta ley vulnera los derechos a la verdad, al acceso a la justicia y al derecho a ser buscado. Por ello, se presentaron amparos  en los consulados mexicanos de Honduras, Guatemala y El Salvador.

Ante esta situación, el Colectivo reiteró su rechazo a esta nueva ley orgánica y llamó al Poder Judicial a resolver a la brevedad estos recursos legales.