Por: Redacción/

Las funciones que desarrollará el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, cuya ley orgánica acaba de ser aprobada por el Poder Legislativo, son vitales para la implementación de la democracia y libertad sindical, afirmó el subsecretario del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Alfredo Domínguez Marrufo.

Durante un encuentro con el Consejo Nacional Laboral (Conlabor), organismo que aglutina a diversos sindicatos y federaciones sindicales del país, el Subsecretario destacó que el Centro Federal responde a la reforma constitucional de 2017 y a los compromisos adoptados por México con motivo del tratado de libre comercio con Estados Unidos y Canadá (TMEC).

Este organismo es la respuesta de México a instaurar un organismo público federal descentralizado, con autonomía de gestión, de decisión y presupuestal, que recibirá todos los Contratos Colectivos que están actualmente en todas las Juntas de Conciliación y Arbitraje, locales y federales, así como todos los registros de los sindicatos y tomas de nota, explicó.

Así, al federalizarse el registro de sindicatos y el depósito de contratos colectivos y sus convenios de revisión estás funciones ya no podrán ser ejercidas ni por las Juntas de Conciliación y Arbitraje ni por la STPS, alcanzando así un estándar internacional al contar con un órgano con independencia necesaria que pueda actuar con absoluta imparcialidad para dar o negar un registro en términos estrictamente legales, así como para dar o negar una toma de nota o el depósito de un Contrato Colectivo y esa es precisamente la labor que tendrá el organismo, abundó.

Pero sumado a lo anterior, añadió, el Centro tendrá la labor conciliadora a nivel federal, colectiva e individual, y la ley también le asigna que verifique los procesos de democracia sindical, como lo que tiene que ver con la emisión de la constancia de representatividad a los sindicatos que pretendan firmar un nuevo Contrato Colectivo de trabajo.

Con este Centro, se le quitan al gobierno federal y a los gobiernos de los estados la facultad de actuar de manera discrecional, arbitraria o bajo consignas de carácter político en torno a la vida sindical, y que todo sea apegado estrictamente a la ley.