Por: Redacción/

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) determinó ampliar al 30 de junio el periodo de suspensión de plazos para la atención de solicitudes y recursos de revisión en materia de acceso a la información y protección de datos personales, por parte de los sujetos obligados que desarrollan actividades no esenciales, las cuales se precisan en el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, de la Secretaría de Salud.

La determinación fue aprobada por unanimidad del Pleno del INAI, conformado por el Comisionado Presidente, Francisco Javier Acuña Llamas, las Comisionadas Blanca Lilia Ibarra Cadena, Josefina Román Vergara, y los Comisionados Oscar Guerra Ford y Rosendoevgueni Monterrey Chepov.

Durante la sesión virtual, Acuña Llamas recordó que los sujetos obligados cuyas actividades se consideran esenciales durante la pandemia, como los del sector salud, desde el 1 de mayo, deben atender y dar respuesta a las solicitudes de información, pues informar a la población es igual de importante que brindar atención médica o dirigir la estrategia sanitaria.

“Es tan igual de importante atender a los enfermos, dirigir la estrategia sanitaria, que informar a toda la población de lo que se está haciendo para eliminar confusiones que se han generado en todos los países relacionados con las cifras y con muchas situaciones que rodean la emergencia. Si hay emergencia es porque la información es urgencia.

“Estamos convencidos que el derecho de acceso a la información pública no estorba, no impide que se atienda la emergencia en las dimensiones que lo precisa la naturaleza pública de la función de aquellas instituciones que están creadas precisamente para resolver una situación que nos aqueja al mundo, y que ahora especialmente en México se encuentra en la fase más crítica”, puntualizó.

El Comisionado Presidente señaló que las solicitudes presentadas a los sujetos obligados se pueden atender digitalmente, como se desarrollan la mayoría de las actividades del sector público, por lo que no implica poner en riesgo la salud de los servidores públicos.

“Aquellas solicitudes que pudieran ameritar que alguien tuviera que ir físicamente a buscar documentos en sótanos, en algunos edificios o sedes alternas, bueno, sería ese caso suficiente para que hubiera una excepción; pero en lo demás, la información que le urge al ciudadano se refiere a hace dos o tres meses, y es una información que tienen todas las dependencias de manera digital”, concluyó.

En la sesión virtual, el Pleno del INAI aprobó también 160 resoluciones, 116 de acceso a la información y 44 de protección de datos personales, y se presentó el Informe de Actividades de la Secretaría Ejecutiva, del período del 23 de marzo al 29 de mayo de 2020.