Por: Redaciòn/

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) deberá informar sobre el monto recaudado
por el pago de derechos del trámite “SEMARNAT-03-064 Aprovechamiento forestal e
impacto ambiental”, desglosado por concepto y número de pagos recibidos de 2010 a 2018,
instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de
Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez resaltó que la
información pública es un insumo fundamental para conocer las acciones que el Estado
mexicano promueve para conservar los recursos naturales, considerando que los bosques
y selvas se encuentran en riesgo por la sobreexplotación.

“Proporcionar información pública podría servir a los sujetos obligados involucrados, como
el SAT, a demostrar que trabajan en su respectivo ámbito de atribuciones para revertir y
corregir esta situación e identificar y sancionar a los responsables de las prácticas ilegales
que ponen en peligro a los bosques y selvas”, subrayó.

Cabe resaltar que la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación (FAO, por sus siglas en inglés) reconoció explícitamente, en un reporte de
2012, la utilidad del acceso a la información pública para allegarse de evidencia sobre la
justificación y los montos recaudados por los derechos de aprovechamiento forestal. Por otra
parte, el organismo internacional señaló que México es rico en recursos forestales y se ubica
en el lugar número 12 en cuanto a superficie forestal mundial.

Sin embargo, esta riqueza natural enfrenta riesgos; la Procuraduría de Protección Federal al
Ambiente (PROFEPA) calcula que entre 30 y 50 por ciento de la madera que se produce en
México es de procedencia ilícita, mientras que la organización internacional Greenpeace
estima que esta cifra asciende a 70 por ciento.

“Según el Instituto de Geografía de la UNAM, el país pierde cada año 500 mil hectáreas de
bosques y selvas, colocándose en el quinto lugar de deforestación a nivel mundial.
Consecuentemente, se ponen en riesgo los servicios ambientales que los humanos
podemos obtener: captura de carbono, generación de oxígeno, fuentes de agua dulce a
escala local y nacional”, apuntó Salas Suárez.

El comisionado destacó la importancia de sensibilizar a la población mundial e intensificar la
atención y la acción política en relación a temas ambientales.

Durante su exposición, Salas Suárez indicó que una particular solicitó al SAT la información
relativa al monto recaudado por el pago de derechos del trámite “SEMARNAT-03-064
Aprovechamiento forestal e impacto ambiental” desagregando la información de acuerdo a
los conceptos y al número de pagos recibidos de 2010 a 2018.

El sujeto obligado señaló, a través de la Administración Central de Planeación, Análisis e
Información, que no disponía de la información solicitada, por lo que declaró su inexistencia;
no obstante, remitió un cuadro con datos sobre la recaudación neta por diversos servicios
forestales previstos en la Ley Federal de Derechos, de 2010 a 2018.

Inconforme con la respuesta, la particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI, en
el que manifestó como agravio la declaración de inexistencia de la información, pues
consideró que no hubo una búsqueda exhaustiva.

Al analizar el caso, la ponencia del comisionado Salas Suárez advirtió que la Unidad de
Transparencia del sujeto obligado turnó la solicitud a la unidad administrativa que consideró
competente para conocer de la información requerida; sin embargo, omitió dirigir la
búsqueda a la Administración General de Recaudación.

Cabe señalar que, la Administración General de Recaudación participa en el diseño de los
procesos de recaudación de ingresos federales por las instituciones de crédito, terceros u
oficinas de recaudación autorizadas y proporciona a la unidad administrativa competente de
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) la información de los ingresos
recaudados, a través de las instituciones de crédito, terceros u oficinas de recaudación
autorizadas, entre otras tareas.

Es decir, cuenta con las facultades y atribuciones para pronunciarse sobre la solicitud de
acceso de la ahora recurrente.

Por lo anterior, el Pleno del INAI, a propuesta del comisionado Joel Salas, determinó
modificar la respuesta del SAT y le instruyó realizar una nueva búsqueda de la información
e informe el resultado a la particular relativa al monto recaudado derivado del pago de
derechos realizados con relación al trámite “SEMARNAT-03-064 Aprovechamiento forestal
e impacto ambiental”; desagregando la información de acuerdo al número de pagos recibidos
de 2010 a 2018 y atendiendo el mayor nivel de desglose posible, respecto de la manera en
que la información obre en sus archivos.