Por: Redacción/

La expansión de la actividad extractiva del carbón en poblaciones del municipio de Sabinas, Coahuila, y en el interior de áreas naturales protegidas en la Región Carbonífera de ese estado,
en ausencia de las concesiones que amparan tales actividades, las autorizaciones de impacto ambiental o en contravención de los usos de suelo previstos, o sin apego a lo dispuesto en dichas resoluciones, repercute seriamente en los componentes ambientales, además de la salud y condiciones de vida de las personas que residen o transitan por los alrededores de obras mineras.

Las omisiones e irregularidades de las autoridades ante ese problema implican violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, medio ambiente, vivienda adecuada, salud, a la
vida e integridad personal, propiedad, agua, saneamiento, circulación y residencia, por lo cual la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 62/2018.

Representantes de una Organización No Gubernamental presentaron escrito de queja ante la CNDH, que durante su investigación observó que se infringieron disposiciones de la Ley
Minera, la Ley de Aguas Nacionales, las leyes generales del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, al igual que sobre Bienes Nacionales, además de las relativas a los asentamientos humanos, ordenamiento territorial y desarrollo urbano del ámbito general, el Estado de Coahuila y el Municipio de Sabinas, particularmente su Plan Director de Desarrollo Urbano.

Además, este Organismo Nacional observó que, en los lugares donde se ubican las excavaciones, no existen medidas de seguridad y señalización para evitar accidentes, lo que implica riesgo para los habitantes ante las deficiencias de las autoridades para hacer efectivos los ordenamientos señalados, lo cual también da cuenta de su ineficacia en la Región Carbonífera.

Por ello, la CNDH dirigió diversos puntos recomendatorios a las Secretarías de Economía (SE) y de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONAP), además del Gobernador del Estado de Coahuila, el Fiscal General del Estado de Coahuila y Presidente Municipal de Sabinas.

En general, la Comisión Nacional recomendó a las autoridades mencionadas llevar a cabo acciones como efectuar la reparación integral e inscribir en el Registro Nacional de Víctimas a las personas afectadas; iniciar los procedimientos de inspección para verificar las condiciones en que se llevan a cabo dichas operaciones extractivas; emitir circulares y llevar a cabo actividades de capacitación a servidores públicos cuya actuación, en el ámbito de sus atribuciones, se relacione con la minería, además de colaborar con la CNDH en los procedimientos que se instruyan ante los respectivos órganos internos de control.

En particular, este Organismo Nacional recomendó a la Secretaría de Economía iniciar un programa de inspección en la Región Carbonífera y elaborar un diagnóstico sobre propuestas de modificación al Reglamento de la Ley de Minería u otras disposiciones análogas cuya implementación y aplicación sea responsabilidad de esa dependencia.

Respecto de la SEMARNAT, difundir en la página electrónica de esa dependencia los informes de cumplimiento previstos en la autorización de impacto ambiental regional que amparó a concesionarios previstos en la Recomendación y otros de la misma delimitación; asimismo, desarrollar diagnósticos sobre la pertinencia de realizar modificaciones o actualizaciones a dicha resolución y otras de la misma Región Carbonífera.

A la CONAGUA, elaborar un estudio sobre la calidad del agua en el Río Sabinas y sus afluentes sujetos a competencia federal, además de verificar la legalidad de las descargas, desviaciones y concesiones asociadas con la minería en ese sistema hidrológico, así como difundir los permisos y autorizaciones emitidos para la realización de trabajos extractivos en el Arroyo Cloete y bienes inherentes a esa vía hidrológica.

En el caso de la PROFEPA, llevar a cabo las acciones de inspección y vigilancia en las minas a cielo abierto y pozos analizados en la Recomendación, como en otros existentes en la Región Carbonífera, mientras que en referencia a la CONAP se establece formular el programa de manejo del Área de Protección de Recursos Naturales “Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 004 Don Martín, en lo respectivo a las Subcuencas de los Ríos Sabinas, Álamo, Salado y Mimbres”, esta última catalogada como humedal de importancia internacional conforme a la Convención Ramsar.

Al Gobernador de Coahuila y al Presidente Municipal de Sabinas se les pide realizar diagnóstico sobre las condiciones de estabilidad en el suelo de las colonias Altamira y Lomas Altas, identificando las viviendas afectadas por las obras y actividades mineras para adoptar medidas de mitigación, atención y prevención; realizar programa de regularización de vivienda; implementar programa de monitoreo del aire por las emisiones provenientes de la industria de la extracción, manejo y procesamiento del carbón y brindar atención médica especializada relativa a padecimientos de responsabilidad administrativa iniciados y las denuncias presentadas por los integrantes de la ONG en 2015.