Por: Redacción

Derivado de las pruebas presentadas por la Procuraduría General de Justicia capitalina, Magistrados del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México confirmaron la sentencia de 60 años de prisión contra un imputado del delito de secuestro agravado, quien junto con otras dos personas, entre ellas un menor de edad, privó de la libertad a un hombre en 2008; además, se le fijó una multa de 105 mil 180 pesos.

El expediente establece que la tarde del 12 de diciembre de ese año, el agraviado se reunió con el indiciado para tratar una deuda de dinero; enseguida, abordaron un automóvil conducido por otro de los implicados, y se dirigieron a una vivienda, ubicada en calle Prolongación de Veracruz, colonia Pedregal de Tezompa, delegación Tláhuac.

En el interior del domicilio, los inculpados le dijeron al afectado que estaba secuestrado y le exigieron un número telefónico para comunicarse con sus familiares y pedir dinero por su libertad; posteriormente lo esposaron y le taparon los ojos. Tres días después, un menor llegó al domicilio a vigilarlo.

Luego de permanecer siete días cautivo, el ofendido fue trasladado en un vehículo a otra casa de seguridad, ubicada en calle Abasolo, colonia Emiliano Zapata, delegación Tláhuac; en este lugar, le colocaron una cadena en un tobillo y el otro extremo fue asegurado a la pared, después le suministraron pastillas para dormir.

Al despertar, refirió el agraviado, se quitó la tela de los ojos, notó que nadie lo vigilaba, logró zafar la cadena del muro y escapó. Posteriormente se presentó ante la PGJ capitalina para realizar la denuncia correspondiente.

Trabajos de campo, gabinete e inteligencia de elementos de la Policía de Investigación (PDI) permitieron localizar y detener al imputado que fue puesto a disposición del agente Ministerio Público, quien lo consignó al Reclusorio Preventivo Varonil Sur por el delito de secuestro agravado.

Esta información se emite en términos del Artículo 11 de la Ley de Protección de Datos Personales para la Ciudad de México.

El proceso sobre el que informa este comunicado se inició previo a la plena entrada en vigor del Sistema Procesal Penal Acusatorio (SPPA), por lo que se desarrolló de acuerdo al sistema tradicional o mixto.