Por Omar Marroquín

El próximo martes entrará en vigor el nuevo reglamento de tránsito del Distrito Federal, el cual establece nuevas obligaciones, multas y límites de velocidad que regirán las vialidades y aceras de la capital. MUGS noticias te explica los puntos más importantes que peatones, motociclistas y automovilistas deberán acatar y, en caso de incumplirlos, los castigos y multas que deberán pagar.

El Gobierno del Distrito Federal, a través de la Consejería Jurídica, priorizará el uso del espacio vial de acuerdo a la siguiente jerarquía:

1.- Peatones (en especial personas con discapacidad y movilidad limitada)

2.-  Ciclistas

3.- Usuarios del servicio de transporte público

4.-  Conductores de transporte público

5.-  Conductores de transporte de carga y distribución de mercancías

6.-  Motociclistas y usuarios de transporte particular automotor.

Nuevas señales

 Nuevas señales. Fuente: Reglamento de tránsito del DF

 

Peatones

El peatón podrán utilizar vehículos recreativos (patines, patinetas, patines del diablo y bicicletas para niños de hasta doce años de edad) en las aceras de la ciudad siempre y cuando no exceda una velocidad de 10 kilómetros por hora.

Ciclistas

A excepción de elementos de seguridad pública (cualquier miembro de la policía preventiva o complementaria del DF), el ciclista tendrá prohibido circular en aceras.

El ciclista deberá indicar la dirección de su giro o cambio de carril mediante señales con el brazo y mano.

El ciclista tendrá prohibido detenerse sobre las áreas reservadas para el tránsito de peatones y circular por carriles exclusivos de transporte de pasajeros como Metrobús o Trolebús.

El ciclista deberá portar aditamentos luminosos, bandas fluorescentes o reflejantes en su bicicleta durante horario nocturno o en circunstancias de poca visibilidad.

Castigo: los ciclistas que no cumplan con estas obligaciones serán amonestados verbalmente por los agentes de tránsito y orientados sobre las nuevas disposiciones del reglamento.

Motociclistas

El nuevo reglamento estipula que el conductor de motocicleta deberá utilizar un carril completo mientras conduce, y en caso de rebasar, deberá hacerlo únicamente por el lado izquierdo.

El motociclista tendrá prohibido circular entre carriles, excepto cuando el tránsito vehicular se encuentre detenido y busque colocarse en el área de espera para motocicletas o en un lugar visible para reiniciar la marcha sin invadir los pasos peatonales.

Cualquier conductor de motocicleta que incumpla estas disposiciones será acreedor de una multa de  699 pesos y su vehículo será remitido al corralón.

Asimismo el motociclista tendrá prohibido circular por ciclovías y carriles confinados para el transporte público, de lo contrario alcanzará una multa de mil 398 pesos y su vehículo será remitido al corralón.

Los motociclistas tendrán prohibido transportar pasajeros menores de doce años de edad, a un pasajero entre el conductor y el manubrio y transportar un menor de edad cuando éste no pueda sujetarse por sí mismo a la motocicleta.

Transporte público y privado de pasajeros

Conductor: toda persona que maneje un vehículo en cualquiera de sus modalidades

El conductor de vehículo motorizado que invada cebra peatonal o área de espera para bicicletas o motociclistas será acreedor de una multa será de 2,097 pesos.

El vehículo motorizado que transporte un mayor número de personas del señalado en su tarjeta de circulación será acreedor de una multa de 699 pesos.

Insultar, denigrar o golpear al personal que desempeña labores de agilización del tránsito le costará al conductor hasta mil 446 pesos como multa.

El conductor pagará 699 pesos como multa por utilizar el claxon de su vehículo para un fin diferente al de evitar un hecho de tránsito (evento en el que interviene por lo menos un vehículo causando daños materiales, lesiones y/o muerte de personas), especialmente en condiciones de congestión vehicular, así como provocar ruido excesivo con el motor.

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Fuente: Reglamento de tránsito del DF

 

Los conductores de vehículos motorizados deberán asegurarse que todos los pasajeros utilicen correctamente el cinturón de seguridad, además de colocarse el propio. Sin embargo, los taxistas no están obligados a cumplir esta disposición con sus pasajeros.

Los conductores de vehículos deberán respetar los límites de velocidad establecidos en la señalización vial colocadas el viernes pasado en varias calles y avenidas de la ciudad. Los límites de velocidad, de acuerdo a la Consejería Jurídica, son los siguientes:

Además, en los carriles centrales de las vías de acceso controlado (vías primarias cuyas intersecciones generalmente son a desnivel; cuentan con carriles centrales y laterales separados por camellones) la velocidad máxima será de 80 kilómetros por hora.

En caso de violar los límites de velocidad, el automovilista será sancionado con una multa de 699 pesos

La vuelta continua a la derecha e izquierda estará prohibida, de violar esto se multará con mil 398 pesos.

El conductor de transporte público no deberá subir o bajar pasajeros en el segundo o tercer carril de circulación, contados de derecha a izquierda, o sobre una vía ciclista exclusiva. De lo contrario será penalizado con una multa de 13 mil 982 pesos.

El conductor de transporte público que utilice equipos de audio a niveles de volumen que resulten dañinos a la salud o molestos a pasajeros tendrá una multa de mil 398 pesos.

VÍAS PRIMARIAS

Para más información, Reglamento de tránsito disponible en http://www.consejeria.df.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/0dfe0f2c2728da104e72f26974d2ad23.pdf, página 107.

Uso de celular

Utilizar un teléfono celular mientras se conduce un vehículo motorizado será  razón de una multa de hasta dos mil 446 pesos

¿Y qué hay sobre hablar por celular con auriculares mientras se maneja?

El reglamento detalla que quedará prohibido cualquier dispositivo de comunicación o de audio mientras el vehículo esté en movimiento, cualquier manipulación deberá hacerse con el vehículo detenido.

 

¿Cómo verificar quiénes pueden detener y multar?

Existe una aplicación para teléfonos inteligentes (Android y IOS) que, frente a la entrada en vigor del nuevo reglamento de tránsito en la Ciudad de México, permite a los conductores de vehículos motorizados verificar qué oficiales tienen la facultad de infraccionarles al momento de cometer una falta.

MI POLICIA

Se trata de Mi Policía, la cual fue recientemente actualizada por la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF) para contener el nombre y placa de los mil 400 elementos que estarán habilitados para multar a conductores.

El viernes pasado el titular de la SSPDF, Hiram Almeida, reveló que no todos los policías podrán habilitar a los automovilistas.

Mi Policía también cuenta con servicios como pedir que un policía te acompañe al banco, solicitudes de apoyo en emergencias, información sobre empresas de seguridad privada e información sobre corralones.

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